La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia confirma la sentencia N° 1610 del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad Servicios San Antonio Internacional, C.A. contra la Resolución Culminatoria del Sumario N° 283-2010-12-35 del 15 de diciembre de 2010, emanada del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES). La decisión se basa en la caducidad del acto administrativo impugnado, ya que la notificación de la resolución se realizó fuera del plazo establecido por el Código Orgánico Tributario.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la única exigencia contenida en el artículo 192 del Código Orgánico Tributario de 2001, es que la emisión y notificación de la resolución culminatoria del sumario administrativo se efectúe válidamente por la Administración Tributaria dentro del lapso de un (1) año previsto en el mismo artículo. En este sentido, se observa que la notificación de la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo N° 283-2010-12-35 del 15 de diciembre de 2010, fue practicada el 31 de enero de 2011, lo que implica que ya había concluido el lapso señalado en el artículo 192, resultando en consecuencia, el acta fiscal invalidada y sin efecto legal alguno.
Dispositiva
1. QUE PROCEDE la consulta de la sentencia definitiva N° 1610 dictada por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 18 de mayo de 2012, la cual declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la sociedad de comercio SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNACIONAL, C.A., contra la Resolución Culminatoria de Sumario N° 283-2010-12-35 de fecha 15 de diciembre de 2004, emanada de la Gerencia General de Tributos del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES). 2. Conociendo en consulta se CONFIRMA la antes identificada sentencia definitiva en los términos expuestos en esta decisión judicial.