La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de Desarrollos Norabe C.A. La Sala anuló el fallo apelado y declaró con lugar el recurso contencioso tributario de la contribuyente, nulificando los conceptos determinados en la resolución impugnada por el SENIAT. La decisión se fundamenta en la falta de motivación de la resolución administrativa que afectó los derechos de la contribuyente.
Extracto de la motiva
La motivación que supone toda resolución administrativa, no es necesariamente el hecho de contener dentro del texto que la concreta, una exposición analítica o de expresar los datos o razonamientos en que se funda de manera discriminada, pues una resolución puede considerarse motivada cuando ha sido expedida con base en hechos, datos o cifras concretas y cuando éstos consten efectivamente y de manera explícita en el expediente. En jurisprudencia pacífica y reiterada de esta Sala, la nulidad de los actos administrativos por inmotivación sólo se produce cuando éstos no permiten a los interesados conocer los fundamentos legales y los supuestos de hecho que constituyeron las bases o motivos en que se apoyó el órgano administrativo para dictar la decisión, pero no cuando, a pesar de la sucinta motivación, permite conocer la fuente legal, las razones y los hechos apreciados por el funcionario.
Dispositiva
1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el FISCO NACIONAL, contra la sentencia Nº 735 dictada en fecha 29 de agosto de 2003, por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se ANULA el referido fallo. 2) CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente, contra el acto administrativo contenido en la “Resolución Culminatoria del Sumario Nº GRNO/DSA/2000/0314, de fecha 30 de octubre de 2000, emanada de la Gerencia de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual estableció que la pérdida que sufrió Desarrollos Norabes, C.A., durante el ejercicio fiscal de 1998, en el área de Impuesto Sobre la Renta, es la cantidad de Ochenta y Seis Millones Cuatrocientos Noventa y Cuatro Mil Trescientos Sesenta y Nueve Bolívares (Bs. 86.494.369,00)”. En consecuencia, NULOS los conceptos determinados en la resolución impugnada.
Palabras clave
recurso contencioso tributarioimpuesto sobre la rentamotivación administrativanulidad de acto administrativoSENIATFisco NacionalDesarrollos Norabe C.A.