Sentencia N° 1611 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de septiembre de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 01611, Exp. 2004-0787, 29/09/2004
Expediente2004-0787
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2004-09-28
DecisiónNO ACEPTA LA COMPETENCIA

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Berta Carolina Trujillo Quintana, en representación de Milagros Josefina Pestano Hernández, contra la Resolución Nº CS 025/2000 de la Universidad Nacional Abierta. La Sala declaró que no acepta la competencia para conocer del caso, argumentando que la competencia corresponde a las Cortes de lo Contencioso Administrativo, dado que los actos impugnados no son emanados de las máximas autoridades de la Administración Pública Central.

Extracto de la motiva

En efecto la Resolución Nº CS 025/2000 de fecha Doce (12) de Septiembre de Dos Mil (2000), emanada del Consejo Superior de la Universidad Nacional Abierta, es un acto de contenido normativo por consiguiente de efectos generales por cuanto recae sobre un número indeterminado de sujetos de derecho. Ahora bien, el artículo 132 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia establece que cuando se demande la nulidad de un acto administrativo de efectos particulares y al mismo tiempo la del acto general que le sirve de fundamento, como sucede en el caso bajo análisis, existe un foro atrayente, siendo la primera atraída por la segunda. En consecuencia y en base a lo expuesto, este Tribunal se declara incompetente para conocer la presente acción y en consecuencia declina la competencia en la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia y así se decide.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad, conjuntamente con acción de amparo constitucional, interpuesto por la abogada Berta Carolina Trujillo, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana MILAGROS JOSEFINA PESTANO HERNÁNDEZ, antes identificadas, contra la Resolución Nº CS 025/2000 de fecha 12 de septiembre de 2000, emanada del Consejo Superior de la UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA, así como contra el Oficio Nº 066 de fecha 21 de febrero de 2001, emanado de la misma autoridad universitaria. En consecuencia, la competencia corresponde a las Cortes de lo Contencioso Administrativo y al efecto, se ordena remitir el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de las referidas Cortes, a los fines de la distribución correspondiente.

Palabras clave

competenciarecurso contencioso administrativonulidadamparo constitucionaluniversidadjubilaciónderechos constitucionales

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