Sentencia N° 161 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de febrero de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 00161, Exp. 2008-0729, 24/02/2010
Expediente2008-0729
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2010-02-23
DecisiónEXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida de interés en un recurso por abstención o carencia interpuesto por la sociedad mercantil DOBLE RA, C.A. contra la Comisión Nacional de Casinos. La decisión se fundamenta en la falta de actividad procesal por parte de la representación judicial del actor durante un lapso que superó el año, lo que llevó a la Sala a considerar que no hubo impulso del proceso. Se hace referencia a criterios jurisprudenciales previos sobre la perención de la instancia y la pérdida de interés procesal.

Extracto de la motiva

Con fundamento en lo expuesto, esta Sala ha decretado la perención de la instancia, de conformidad con lo previsto en el artículo 267 Código de Procedimiento Civil, inclusive en aquellas causas judiciales que se encuentran en estado de admisión, al considerar que '…ello no impedía a la parte recurrente diligenciar para solicitar la decisión correspondiente sobre la admisión de su recurso.' Al respecto, esta Sala mediante sentencia N° 1378 del 5 de noviembre 2008, estableció: '…En tal sentido se impone enfatizar que, aun cuando en el caso bajo examen la causa se encontraba en estado de admisión y el procedimiento no exige la realización de actuaciones especiales, ello no impedía a la parte recurrente diligenciar para solicitar la decisión correspondiente sobre la admisión de su recurso. Así se declara.' En atención a lo anteriormente expresado, debe esta Sala declarar que en el caso de autos operó la perención de la instancia, toda vez que no hubo actividad procesal alguna por parte de la representación judicial del actor, dirigida a impulsar y mantener el curso del proceso, durante un lapso que sobradamente superó al de un (1) año, establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.

Dispositiva

Con fundamento en los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el recurso por abstención o carencia ejercido conjuntamente con acción de amparo por la representación judicial de la sociedad mercantil DOBLE RA, C.A., contra la COMISIÓN NACIONAL DE CASINOS, SALAS DE BINGO Y MÁQUINAS TRAGANÍQUELES. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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