La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil ISF Alpiz Integradores de Soluciones Financieras, C.A. contra un acto administrativo de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) que negó la solicitud de divisas. La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo había declinado la competencia a esta Sala, lo que motivó el análisis de la situación por parte de la Sala.
Extracto de la motiva
La Sala estima que si bien la parte actora impugnó el acto administrativo dictado en fecha 15 de noviembre de 2004 por la Comisión Administración y Divisas (CADIVI), es decir, el acto primigenio, la decisión que emita esta Máxima Instancia en el caso de autos debe versar sobre la denegatoria tácita del Ministro de Finanzas, hoy Ministro del Poder Popular para Economía y Finanzas. En atención a lo señalado, considera oportuno la Sala atender a lo dispuesto en el numeral 30 del artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, el cual establece: “Artículo 5. Es de la competencia del Tribunal Supremo de Justicia como más alto Tribunal de la República: (…) 30. Declarar la nulidad total o parcial de los reglamentos y demás actos administrativos generales o individuales del Poder Ejecutivo Nacional, por razones de inconstitucionalidad o ilegalidad; (…)”.
Dispositiva
En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la apoderada judicial de la sociedad mercantil ISF ALPIZ INTEGRADORES DE SOLUCIONES FINANCIERAS, C.A., contra el acto tácito denegatorio del MINISTRO DE FINANZAS, hoy Ministro del Poder Popular para Economía y Finanzas, respecto al recurso jerárquico incoado por la omisión del Coordinador de Casos Especiales de la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) para resolver el recurso de reconsideración ejercido contra el acto administrativo s/n de fecha 15 de noviembre de 2004, dictado por la mencionada Comisión.
Palabras clave
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