Sentencia N° 1609 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de junio de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 01609, Exp. 2006-0933, 21/06/2006
Expediente2006-0933
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-06-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia entre el Juzgado Superior Primero en lo Civil y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, respecto a un recurso de nulidad interpuesto por los abogados de SIDERÚRGICA DEL ORINOCO C.A. contra una providencia administrativa. La Sala determinó su competencia para resolver el conflicto y declaró que corresponde al Juzgado Superior Primero conocer del recurso de nulidad.

Extracto de la motiva

Ahora bien, atendiendo al criterio actualmente sostenido por este Máximo Tribunal, el cual establece que la competencia para conocer de los recursos de nulidad interpuestos contra los actos emanados de la Inspectoría del Trabajo corresponde en primera instancia a los Juzgados Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo Regionales y, en segunda instancia, a las Cortes de lo Contencioso Administrativo, y por cuanto en el caso de autos fue interpuesto un recurso de nulidad contra una providencia administrativa emanada de la Inspectoría del Trabajo de Puerto Ordaz, Zona del Hierro del Estado Bolívar, esta Sala concluye que el competente para conocer de la causa es el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente y Contencioso Administrativo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Así se decide.

Dispositiva

1.- QUE ES COMPETENTE para resolver el conflicto de competencia suscitado en el presente proceso. 2.- QUE CORRESPONDE AL JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, la COMPETENCIA para conocer del recurso de nulidad interpuesto por los abogados Mónica González y Richard J. Sierra P., en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil SIDERÚRGICA DEL ORINOCO C.A. (SIDOR), contra la Providencia Administrativa N° 04-165 de fecha 12 de marzo de 2004, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE PUERTO ORDAZ, ZONA DEL HIERRO DEL ESTADO BOLÍVAR, mediante la cual se declaró con lugar la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano Juan Valor contra la referida empresa.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso de nulidadprovidencia administrativaInspectoría del TrabajoSIDERÚRGICA DEL ORINOCOJuzgado SuperiorSala Político-AdministrativaEstado Bolívar

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