Sentencia N° 1606 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de noviembre de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01606, Exp. 2009-0061, 11/11/2009
Expediente2009-0061
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-11-10
DecisiónCON LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Conductores y Aluminio, C.A. contra la Resolución de Verificación de Créditos Fiscales del SENIAT, que rechazó créditos fiscales por un monto significativo. La Sala considera que la Administración Tributaria incurrió en un falso supuesto al exigir requisitos no previstos en la ley para la recuperación de créditos fiscales. Además, se condena en costas al Fisco Nacional por no haber tenido motivos racionales para litigar.

Extracto de la motiva

En virtud de la declaratoria contenida en la decisión apelada y vistos los alegatos formulados en su contra por la apoderada judicial del Fisco Nacional, la controversia planteada en el caso sub júdice queda circunscrita a decidir, si el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas incurrió en el vicio de falso supuesto de derecho, por errónea interpretación del artículo 6° de la Providencia sobre el Procedimiento de Recuperación de los Créditos Fiscales por parte de los Exportadores Contribuyentes Ordinarios del Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor Nro. 29 del 13 de septiembre de 1996, en concordancia con el artículo 2° eiusdem, alegado por la representación fiscal, luego de lo cual en caso de ser desestimada esa denuncia la Sala examinará el procedimiento de prorrateo efectuado por el ente recaudador para el cálculo de los créditos fiscales recuperables, de conformidad con lo contemplado en lo artículos 37 de la Ley de Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor de 1994, aplicable ratione temporis, y 58 de su Reglamento.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia Nro. 0016/2007 de fecha 5 de marzo de 2007, dictada por el Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario ejercido por la contribuyente CONDUCTORES Y ALUMINO, C.A. (CONAL), la cual se CONFIRMA respecto al pronunciamiento emitido por el a quo referido a la improcedencia del rechazo de los débitos fiscales por exportaciones. Derivado de lo anterior, se CONDENA EN COSTAS al Fisco Nacional, en un monto equivalente al cinco por ciento (5%) de la cuantía del recurso contencioso tributario, de conformidad con lo contemplado en el artículo 327 del Código del Código Orgánico Tributario de 2001. 2.- Conociendo en consulta se CONFIRMA el pronunciamiento del Tribunal de la causa relativo a la improcedencia de las compras nacionales, por la cantidad total de Tres Millones Ciento Sesenta y Cinco Mil Seiscientos Cincuenta y Nueve Bolívares con Cincuenta y Dos Céntimos (Bs. 3.165.659,52), hoy Tres Mil Ciento Sesenta y Cinco Bolívares con Sesenta y Seis Céntimos (Bs. 3.165,66). En consecuencia, queda FIRME la declaratoria efectuada por el Tribunal a quo respecto a la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución de Verificación de Créditos Fiscales de Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor signada con letras y números MH/SENIAT/GRTI-RCE/DR-N° 106/98 de fecha 10 de septiembre de 1998, impugnada por la contribuyente, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT). Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

Contencioso TributarioCréditos FiscalesSENIATConductores y Aluminio

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