Sentencia N° 1585 — Sala Político Administrativa del TSJ, 15 de octubre de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 01585, Exp. 2001-0052, 16/10/2003
Expediente2001-0052
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2003-10-15
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el Banco de Venezuela contra las Resoluciones de la Dirección General Sectorial de Inspección y Fiscalización del Ministerio de Hacienda. La Sala declaró que no había materia sobre la cual decidir respecto a la desaplicación de ciertos artículos, admitiendo el recurso de nulidad interpuesto y ordenando abrir un cuaderno separado para el pronunciamiento previo. Finalmente, se resolvió que el recurso era SIN LUGAR, confirmando las resoluciones impugnadas.

Extracto de la motiva

Efectuada la lectura y análisis de las actas que conforman el presente expediente, este Máximo Tribunal procede a pronunciarse en los siguientes términos: Previamente debe señalarse que encontrándose el asunto de fondo en etapa de sentencia y no habiendo sido resuelta la solicitud de amparo constitucional de carácter cautelar interpuesta, encuentra la Sala inoficioso entrar a conocer del referido pronunciamiento previo. Así, la doctrina mayoritaria ha definido la revocación como la retirada definitiva, por la Administración, de un acto suyo anterior mediante otro de signo contrario, señalándose además que la revocación puede ser pronunciada por quien emitió el acto que se trate o por el superior jerárquico, procediendo por motivos de mérito o de legitimidad. En virtud de todo lo precedentemente expuesto, es por lo que se considera que en este caso no se produjo la alegada violación del derecho a la tutela judicial efectiva. Así se declara.

Dispositiva

Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil BANCO DE VENEZUELA, S.A.C.A. BANCO UNIVERSAL, contra las Resoluciones Nos. HGIF-RC-057 y HGIF-RC-058, dictadas por la Dirección General Sectorial de Inspección y Fiscalización del Ministerio de Hacienda (Hoy Ministerio de Finanzas), en fecha 20 de abril de 1999, así como contra las Planillas de Liquidación Nos. 1828 y 1829, ambas del 22 de abril de 1999. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el presente expediente y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.

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