Sentencia N° 1565 — Sala Político Administrativa del TSJ, 22 de noviembre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01565, Exp. 2011-0660, 23/11/2011
Expediente2011-0660
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoApelacion
Fecha de la decisión2011-11-22
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por la Sucesión Rodríguez Cordero contra un auto del Juzgado de Sustanciación que declaró inadmisible su demanda. La apelante argumentó que había cumplido con el procedimiento administrativo previo, pero la Sala determinó que no se había demostrado tal cumplimiento, lo que llevó a confirmar la inadmisibilidad de la demanda. La decisión se basa en la falta de agotamiento del procedimiento administrativo requerido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse respecto de la apelación interpuesta por la representación judicial de la Sucesión Rodríguez Cordero, contra el auto del Juzgado de Sustanciación dictado el 21 de septiembre de 2011, a través del cual declaró inadmisible la demanda de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para lo cual se observa lo siguiente: En fecha 25 de mayo de 2010 el abogado Alberto Napoleón SHILLING HERNÁNDEZ, ya identificado, actuando como apoderado judicial de la Sucesión Rodríguez Cordero interpuso ante la Sala Constitucional de este Alto Tribunal “acción mero DECLARATIVA DE LOS HABERES DE GUERRA, conjuntamente con medida cautelar de amparo Constitucional”, a los fines de que “(…) PRODUZCA SENTENCIA DEFINITIVA DEL HABER DE GUERRA SOLICITADO, CONTENIDO EN EL RESUELTO PRESIDENCIAL DE FECHA 22 DE ENERO DE [1897], SEGÚN NOMENCLATURA DE LA GACETA OFICIAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA. AÑO XXV, MES III, LA CUAL CONSAGRA LA ORDEN DE ENTREGAR A LOS SERVIDORES DE LA FEDERACIÓN, LA POSESIÓN CASA DE TEJAS, CONOCIDA COMÚNMENTE COMO LOS HABERES DE GUERRA DE MORÓN (…)”. Por decisión N° 736 del 20 de mayo de 2011, la Sala Constitucional de este Alto Tribunal declinó la competencia en esta Sala, “al tratarse -en principio- de una demanda contra la República, al señalar [la parte accionante] que se exigen unos haberes de guerra -que a su decir- le corresponden por habérsele otorgados por el Resuelto Presidencial del 22 de enero de 1897....”. Posteriormente, esta Sala mediante sentencia N° 000932 del 13 de julio de 2011, aceptó la competencia que le fuera declinada por la Sala Constitucional, analizando -en primer lugar- que la acción interpuesta se trata de una demanda contra la República Bolivariana de Venezuela, dado que lo que se persigue es la declaración del derecho de propiedad sobre unos terrenos ubicados en el Municipio Morón del Estado Carabobo, denominados “Casas de Tejas”, supuestamente adjudicados a los “servidores de la federación”. Así, se observa que, no obstante la calificación hecha por la parte actora (acción mero declarativa), tanto la Sala Constitucional como esta Sala estimaron que lo planteado en el presente caso es una demanda de contenido patrimonial contra la República.

Dispositiva

En virtud del análisis precedente, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la SUCESIÓN RODRÍGUEZ CORDERO, contra el auto del Juzgado de Sustanciación dictado el 21 de septiembre de 2011, a través del cual declaró inadmisible la demanda de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En consecuencia, se CONFIRMA dicho auto. Publíquese, regístrese y notifíquese. Notifíquese a la Procuraduría General de la República. Remítase el expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Sala Político Administrativa para su archivo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

apelacióninadmisibilidadprocedimiento administrativohaberes de guerraRepública Bolivariana de Venezuela

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