La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 18 de diciembre de 2012, declaró improcedente la solicitud de aclaratoria presentada por la abogada Hilda María Vallejo Flores en nombre de su representada, Bolivia Maygualida Betancourt Guacarán. La solicitud se refería a la sentencia N° 01506 dictada el 16 de noviembre de 2011, en la cual se abordaron aspectos relacionados con la nulidad de un acto administrativo y el pago de salarios dejados de percibir por la recurrente.
La Sala argumentó que la aclaratoria solicitada no era procedente, ya que los puntos planteados por la parte actora no constituían omisiones o errores que ameritaran una modificación de la decisión original. Se enfatizó que la sentencia objeto de aclaratoria era clara y explícita en sus términos, y que la situación de salud de la recurrente había sido debidamente considerada en el fallo original.
Finalmente, la Sala reafirmó que la decisión de no otorgar la aclaratoria se basaba en la correcta interpretación de los hechos y el derecho aplicable, y que la solicitud de la parte actora no cumplía con los requisitos necesarios para ser admitida.
Extracto de la motiva
Consideraciones para Decidir de la sentencia se pide aclarar y pronunciarse acerca de la omisión en cuanto a la totalidad de todos los reposos médicos, avalados por el Servicio Médico de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; ya que no fueron tomados en consideración para la condenatoria de la IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 11 cancelación de los salarios y demás beneficios dejados de percibir por mi representada; toda vez que no se circunscribe a un solo mes como fuera ordenado; sino que por cuanto no se había agotado su reposo ni logrado su recuperación total (...) recomendaron seguir el plan de: ‘Corrección quirúrgica de Discopatía Cervical-Discromía Cervical C5
Dispositiva
IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia Nº 01506 publicada el 16 de noviembre de 2011.