El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, se pronunció sobre la inhibición planteada por la Jueza María Leonor Pineda García en un recurso contencioso tributario. La Jueza se inhibió debido a haber emitido opinión en sede administrativa sobre el recurso jerárquico interpuesto por el ciudadano José Paulino Maciel de Sousa, actuando en su carácter de administrador de la sociedad mercantil PANADERÍA Y PASTELERÍA FANY, S.R.L. La Sala determinó que la inhibición era procedente y declaró con lugar la misma, asumiendo su competencia para conocer del asunto.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala determinar, de conformidad con los elementos de autos, si la inhibición planteada es procedente. En este orden de ideas, se observa que la inhibición encuentra su fundamento en el hecho de que la Jueza del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, abogada María Leonor Pineda García, consideró que al haberse pronunciado en sede administrativa con relación a la admisión del recurso jerárquico interpuesto, se encuentra impedida de resolver el asunto en sede judicial, por estar incursa en la causal de inhibición contenida en el artículo 82, ordinal 15 del Código de Procedimiento Civil. La inhibición es un deber y un acto procesal del juez, mediante el cual decide separarse voluntariamente del conocimiento de una causa, por considerar que existen circunstancias que en forma suficiente, son capaces de comprometer su imparcialidad para juzgar. De esta manera, la inhibición debe efectuarse en forma legal y estar fundada en alguna de las causales establecidas por la Ley de la materia, que es el Código de Procedimiento Civil.
Dispositiva
En vista de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- SU COMPETENCIA para conocer de la presente incidencia de inhibición. 2.- CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada MARÍA LEONOR PINEDA GARCÍA, en su condición de Jueza del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, en el acta de fecha 21 de mayo de 2007, expediente No. KF01-X-2007-000023 para conocer del recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad mercantil PANADERÍA Y PASTELERÍA FANY, S.R.L., contra la Resolución No. SAT-GTI-RCO-600-386 del 24 de mayo de 2005, emanada de la DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN DE LA GERENCIA DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
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