Sentencia N° 153 — Sala Político Administrativa del TSJ, 31 de enero de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00153, Exp. 2003-0930, 01/02/2006
Expediente2003-0930
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2006-01-31
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de nulidad interpuesto por el abogado José Enrique Pernía Sánchez, en representación del Sargento Técnico Denny Javier Labrador Colmenares, contra la Resolución N° DS-CJ-010 del Ministro de la Defensa. La decisión se basa en la caducidad del recurso, ya que se interpuso más de seis meses después de la notificación del acto impugnado. La Sala argumenta que no se desvirtuó la afirmación de la Procuraduría sobre la notificación del acto administrativo.

Extracto de la motiva

La Sala, de la revisión del expediente, advierte: 1.- Que mediante Resolución N° DS-CJ 010 de fecha 03 de enero de 2003, fue respondido el recurso jerárquico interpuesto contra el acto administrativo que impuso la sanción. 2.- Que no existe constancia en autos de la notificación personal del contenido de la mencionada resolución, en fecha distinta. 3.- Que el presente recurso de nulidad se interpuso el 14 de julio de 2003. Ahora bien, visto que no consta en autos la fecha de la notificación personal del accionante y tomando en cuenta que éste no desvirtuó la aseveración de la sustituta de la Procuradora General de la República, esto es que había sido notificado el 03 de enero de 2003, trayendo al proceso una prueba en contrario, debe tenerse por notificado al recurrente en la misma fecha de expedición del acto en cuestión, por lo que al haber sido ejercido el recurso contencioso-administrativo el 14 de julio del 2003, tal como indicó la representación de la República, habían transcurrido seis (6) meses y once (11) días. Por tanto, resulta forzoso para esta Sala declarar, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 124 ordinal 4º de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, en concordancia con el artículo 84 ordinal 3º eiusdem, vigentes para el momento de la interposición de la acción, inadmisible el presente recurso, por cuanto para la fecha de interposición del mismo, era evidente la caducidad.

Dispositiva

REVOCA el auto de admisión de fecha 04 de mayo de 2004, dictado por el Juzgado de Sustanciación de esta Sala y declara INADMISIBLE el recurso de nulidad interpuesto por el abogado José Enrique Pernía Sánchez, antes identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial del Sargento Técnico de Sda. DENNY JAVIER LABRADOR COLMENARES, contra la Resolución N° DS-CJ-010 dictada en fecha 3 de enero de 2003, por el ciudadano MINISTRO DE LA DEFENSA, en la cual confirmó el acto administrativo contenido en la Orden de Arresto N° 1554 de fecha 18 de enero de 2002, mediante la cual se impuso a su representado una sanción disciplinaria de diez (10) días de arresto severo.

Palabras clave

nulidadsanción disciplinariadebido procesocaducidadrecurso jerárquicoadministración públicadefensajusticia administrativa

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