Sentencia N° 153 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de febrero de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 00153, Exp. 2002-1100, 05/02/2003
Expediente2002-1100
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2003-02-04
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia acepta la competencia declinada por la Sala de Casación Civil para conocer de la demanda interpuesta por Rafael Alberto Jiménez Márquez contra la República Bolivariana de Venezuela. La decisión se fundamenta en la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, que establece que corresponde a esta Sala conocer de las acciones que se propongan contra la República cuando la cuantía exceda de cinco millones de bolívares y no esté atribuida a otra autoridad.

Extracto de la motiva

La sentencia dictada por la Sala de Casación Civil de este Supremo Tribunal, de fecha 15 de noviembre de 2002, en la que declina su competencia en esta Sala, tuvo como fundamento lo siguiente: '...En relación con las demandas intentadas contra el Estado, el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia en su ordinal 15, estableció lo siguiente (...omissis...) A su vez, el artículo 43 de la mencionada Ley establece en su parte in fine, que le compete conocer a la Sala Político Administrativa de este máximo Tribunal, de los demás ordinales establecidos en el artículo 42, que no estén atribuidos al conocimiento de otras Salas, y entre los cuales se encuentra el mencionado ordinal 15, con lo cual se evidencia que esta Sala de Casación Civil, no es la competente para conocer de la referida demanda, por mandato expreso de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, siendo la competente para conocer la Sala Político Administrativa...'

Dispositiva

En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACEPTA LA COMPETENCIA que le fuera declinada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de conocer de la demanda intentada por el ciudadano Rafael Alberto Jiménez Márquez contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano de la Procuraduría General de la República. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que se pronuncie sobre la admisión de la acción con prescindencia de la competencia ya aceptada. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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