Sentencia N° 1526 — Sala Político Administrativa del TSJ, 14 de agosto de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01526, Exp. 1995-12055, 14/08/2007
Expediente1995-12055
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2007-08-14
DecisiónAbre articulación

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra una sentencia que declaró parcialmente con lugar un recurso contencioso tributario, decide abrir una articulación de ocho días para que las partes aleguen sobre el finiquito requerido por la contribuyente. La causa se encuentra suspendida hasta que se presente dicho finiquito, conforme a lo establecido en la Ley de Remisión Tributaria.

Extracto de la motiva

Vistas como han sido las actas que conforman el presente expediente, observa este Alto Tribunal que el caso de autos fue remitido a esta Alzada en virtud de la apelación que intentara el Fisco Nacional, contra la sentencia del 27 de junio de 1995, dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del entonces Distrito Federal y Estado Miranda, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario incoado por la sociedad mercantil Constructora Longo, C.A., contra la Resolución Nº HRIN-500-080 de fecha 16 de junio de 1994, así como las Planillas de Liquidación Nros. 09-10-65-000194, 09-10-65-000193, 03-10-01-70-000284 y 09-10-65-000195, por los montos respectivos de ciento diecinueve mil trescientos cincuenta y seis bolívares con cuarenta céntimos (Bs. 119.356,40), un millón novecientos veintidós mil trescientos dieciséis bolívares con ochenta y un céntimos (Bs. 1.922.316,81), seiscientos nueve mil quinientos cincuenta y cuatro bolívares con diecisiete céntimos (Bs. 609.554,17) y dos millones noventa y ocho mil doscientos sesenta y cinco bolívares con sesenta y siete céntimos (Bs. 2.098.265,67), todas de fecha 1º de junio de 1992, dictadas por el Director de Fiscalización de la Región Insular del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT). No obstante, advierte esta Sala que en el caso bajo análisis habiéndose tramitado la causa hasta “Vistos” (17 de enero de 1996), la representación en juicio de la sociedad mercantil contribuyente, actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley de Remisión Tributaria, dictada el 28 de marzo de 1996 y publicada en la Gaceta Oficial N° 35.945 del 24 de abril de 1996, manifestó la voluntad de su representada (24 de septiembre de 1996) de acogerse al beneficio previsto en dicha ley, quedando de esta forma, suspendida la causa hasta tanto constara en autos el finiquito otorgado por la Administración Tributaria.

Dispositiva

En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA abrir una articulación de ocho (8) días de despacho, contados a partir de la notificación de la presente decisión, a los fines de que las partes aleguen y prueben lo que a bien tengan en relación con el referido instrumento (finiquito) consignado por la contribuyente CONSTRUCTORA LONGO, C.A. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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