Sentencia N° 1520 — Sala Político Administrativa del TSJ, 14 de agosto de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01520, Exp. 2005-5649, 14/08/2007
Expediente2005-5649
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2007-08-14
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el Banco del Caribe Banco Universal contra la Resolución del Ministerio para la Vivienda y el Hábitat. La Sala argumenta que el Ministerio tenía la competencia para dictar la resolución impugnada y que no se demostró la ilegalidad o inconstitucionalidad alegada por el recurrente. Se concluye que la resolución busca proteger a los ciudadanos de escasos recursos en el acceso a créditos hipotecarios.

Extracto de la motiva

La Sala aprecia que la Resolución recurrida dictada el 30 de junio de 2005 por el Ministerio de la Vivienda y el Hábitat, fue sustituida por las resoluciones posteriores, antes mencionadas, emanadas del referido ente ministerial, lo cual, en principio, sería suficiente para que esta Sala declare que no hay materia sobre lo cual decidir. No obstante, visto el interés del apoderado actor en ejercer el recurso contencioso administrativo de nulidad de autos y su presencia en el acto de informes respectivo, así como en atención a los intereses sociales involucrados, esta Sala considera necesario entrar a conocer de las denuncias y vicios alegados en contra del acto administrativo impugnado. Así se declara.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado Gonzalo Pérez Petersen, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil BANCO DEL CARIBE BANCO UNIVERSAL, contra la Resolución s/n de fecha 30 de junio de 2005, emanada del MINISTERIO PARA LA VIVIENDA Y EL HÁBITAT (hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA VIVIENDA Y HÁBITAT), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.223 del 7 de julio del citado año. 2.- FIRME el acto administrativo impugnado.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadviviendahábitatderecho a la viviendacréditos hipotecariosigualdaddiscriminación

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