El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de C.A. RON SANTA TERESA. La Sala revocó el fallo apelado, considerando que el tribunal de instancia incurrió en vicios de falso supuesto de hecho al no aplicar correctamente la normativa tributaria relacionada con el impuesto sobre alcohol etílico. Además, se anuló el aumento del tributo y la porción de la multa impuesta que derivaba de un decreto derogado.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva número 0884 del 12 de julio de 2010 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por los apoderados judiciales de la sociedad de comercio C.A. RON SANTA TERESA; en consecuencia, se REVOCA el aludido fallo. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la representación judicial de la contribuyente, contra la Resolución signada con letras y números SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2008-69-786 del 14 de octubre de 2008, emitida por la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). En tal sentido, se ANULA del acto administrativo impugnado los aspectos señalados en la parte motiva de esta decisión. 3.- Se ORDENA a la Administración Tributaria emitir las Planillas de Liquidación Sustitutivas correspondientes.
Dispositiva
Por las razones precedentemente señaladas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva número 0884 del 12 de julio de 2010 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario ejercido conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por los apoderados judiciales de la sociedad de comercio C.A. RON SANTA TERESA; en consecuencia, se REVOCA el aludido fallo. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la representación judicial de la contribuyente, contra la Resolución signada con letras y números SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2008-69-786 del 14 de octubre de 2008, emitida por la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). En tal sentido, se ANULA del acto administrativo impugnado los aspectos señalados en la parte motiva de esta decisión. 3.- Se ORDENA a la Administración Tributaria emitir las Planillas de Liquidación Sustitutivas correspondientes.
Palabras clave
incongruencia negativafalso supuesto de hechoimpuestoalcoholtribunalcontencioso tributarioFisco Nacional