Sentencia N° 1504 — Sala Político Administrativa del TSJ, 25 de noviembre de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 01504, Exp. 2008-0582, 26/11/2008
Expediente2008-0582
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoInhibición
Fecha de la decisión2008-11-25
DecisiónCON LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inhibición presentada por la Jueza María Leonor Pineda García, quien alegó la existencia de una enemistad sobrevenida debido a una denuncia penal en su contra. La Sala analizó los fundamentos de la inhibición y determinó que la Jueza no podía continuar conociendo el caso debido a las circunstancias que comprometían su imparcialidad. Finalmente, se declaró con lugar la inhibición y se ordenó que un juez sustituto continuara con el proceso.

Extracto de la motiva

La inhibición es un deber y un acto procesal del juez, mediante el cual decide separarse voluntariamente del conocimiento de una causa, cuando considera que existen circunstancias que en forma suficiente son capaces de comprometer su imparcialidad para juzgar. En el caso bajo estudio, la Jueza Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental alegó la causal contenida en el ordinal 18 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, que dispone: “Artículo 82: Los funcionarios judiciales, sean ordinarios, accidentales o especiales, incluso en asuntos de jurisdicción voluntaria, pueden ser recusados por alguna de las causas siguientes: ...omissis... 18° Por enemistad entre el recusado y cualquiera de los litigantes, demostrada por hechos que, sanamente apreciados, hagan sospechable la imparcialidad del recusado”. Bajo este contexto, y visto que la presente incidencia de inhibición surgió con motivo de las aseveraciones ofensivas realizadas tanto en la denuncia penal como en la recusación formulada por la representación judicial de la Sociedad Civil Universidad Yacambú, contra la jueza del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, resulta pertinente reproducir lo expuesto en ambos escritos.

Dispositiva

En vista de los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la abogada MARÍA LEONOR PINEDA GARCÍA, en su condición de Jueza Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, para conocer de la causa principal signada bajo el Nº KP02-U-2008-000049, interpuesta por la contribuyente sociedad civil Universidad Yacambú. En atención a lo dispuesto en el artículo 93 del Código de Procedimiento Civil, al haber sido declarada con lugar la inhibición, el Juez sustituto continuará conociendo del proceso. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase copia certificada del presente fallo junto con oficio al Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

inhibiciónrecusaciónimparcialidaddenuncia penalCódigo de Procedimiento CiviljusticiaTribunal Supremo de Justiciasociedad civil

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca