Sentencia N° 1497 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de noviembre de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 01497, Exp. 2012-1198, 05/11/2014
Expediente2012-1198
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2014-11-04
DecisiónDesistido

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara desistido el procedimiento en el recurso contencioso administrativo interpuesto por DEALVEN SERVICIOS, S.A. contra la Resolución Nº 087 de la Ministra del Poder Popular para la Educación. La decisión se fundamenta en la incomparecencia de la parte recurrente a la Audiencia de Juicio fijada para el 2 de octubre de 2014, lo que conlleva a la aplicación del artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que establece el desistimiento del procedimiento por no asistir a la audiencia correspondiente.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala emitir un pronunciamiento, en relación con la falta de comparecencia de la parte recurrente a la Audiencia de Juicio, fijada para el día 2 de octubre de 2014. Para decidir se observa lo siguiente: El artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, establece que el Tribunal fijará la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a aquel en que se verifiquen las notificaciones de Ley y, en su caso, cuando conste en autos la publicación del cartel de emplazamiento; acto al cual deberán concurrir las partes y los terceros interesados. Asimismo, la norma dispone el desistimiento del procedimiento como consecuencia jurídica de la no asistencia de la parte recurrente a la referida audiencia. En el caso de autos advierte la Sala que, el 14 de agosto de 2014, fueron fijados el día y la hora para la celebración de la Audiencia de Juicio el “día jueves 02.10.2014 a las once de la mañana (11:00 a.m.).” Igualmente, se aprecia que llegada la oportunidad para el cumplimiento del acto señalado, la parte recurrente no compareció de lo cual se dejó expresa constancia en el expediente, según auto de Secretaría del 2 de octubre de 2014. Sobre la base de lo expuesto y visto que la parte actora no cumplió con la carga procesal de asistir a la Audiencia de Juicio previamente fijada; esta Sala declara el desistimiento del procedimiento, conforme a lo previsto en el artículo 82 de Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.

Dispositiva

Sobre la base de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el procedimiento en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de medida innominada por el apoderado judicial de la sociedad mercantil DEALVEN SERVICIOS, S.A., contra la Resolución Nº 087 de fecha 20 de julio de 2011 dictada por la MINISTRA DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el expediente administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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