Sentencia N° 1489 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de agosto de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01489, Exp. 2004-3185, 14/08/2007
Expediente2004-3185
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2007-08-09
DecisiónNO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud cautelar de suspensión de efectos presentada por la contribuyente LA CHINITA, COMPAÑÍA ANÓNIMA, en el contexto de un recurso contencioso administrativo de nulidad. Se destacó que, tras la admisión del recurso de nulidad y la declaración de improcedencia del amparo cautelar, no había materia sobre la cual decidir debido a la existencia de una sentencia definitiva en la causa principal. La Sala declaró el decaimiento del objeto de la solicitud cautelar.

Extracto de la motiva

Correspondería a esta Sala pronunciarse respecto a la medida de suspensión de efectos, de acuerdo con el auto del Juzgado de Sustanciación en fecha 19 de octubre de 2006; sin embargo, del examen efectuado a las actas procesales deben destacarse los hechos siguientes: Del escrito presentado en fecha 23 de abril de 2003, por el representante judicial de la contribuyente, se desprende que interpuso recurso de nulidad por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad conjuntamente con amparo constitucional cautelar contra los actos administrativos de efectos generales dictados por el Superintendente Nacional Tributario del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Asimismo, se observa del dispositivo de la sentencia N° 01813 de fecha 19 de julio de 2006, que esta Sala admitió el recurso de nulidad antes transcrito, declaró improcedente el amparo cautelar y ordenó la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de continuar el proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 aparte 11 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Posteriormente, el Juzgado de Sustanciación mediante auto de fecha 19 de octubre de 2006, acordó la citación de los ciudadanos Fiscal General de la República, Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) y de la ciudadana Procuradora General de la República. Asimismo, ordenó librar el cartel de emplazamiento y acordó abrir el respectivo cuaderno separado para la tramitación de la solicitud de suspensión de efectos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el decaimiento del objeto en la presente incidencia, en virtud de la existencia de sentencia definitiva en la causa principal, por lo que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR respecto a la solicitud cautelar innominada de suspensión de efectos “presentada de manera subsidiaria” por la contribuyente LA CHINITA, COMPAÑÍA ANÓNIMA; con ocasión del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto contra las Providencias Administrativas mediante las cuales se designan a los contribuyentes especiales como agentes de retención del impuesto al valor agregado, dictadas por el Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), signadas con las letras y números SNAT/2002/1419 y SNAT/2002/1455.

Palabras clave

suspension de efectoscontencioso administrativonulidadamparo constitucionalimpuesto al valor agregadoSENIATdecaimiento del objeto

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