Sentencia N° 1487 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de diciembre de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 01487, Exp. 2011-1163, 11/12/2012
Expediente2011-1163
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-12-06
DecisiónDeclina en la SALA DE CASACIÓN SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA la competencia para conocer el recurso interpuesto

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad Constructora Vialpa, S.A., decidió declinar su competencia en favor de la Sala de Casación Social. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el derecho al juez natural, dado que el recurso se relaciona con una providencia administrativa dictada por la Inspectoría del Trabajo. La Sala establece que la jurisdicción laboral es la competente para conocer de las acciones interpuestas contra actos administrativos de las Inspectorías del Trabajo, en atención a criterios vinculantes establecidos en sentencias anteriores.

Extracto de la motiva

En el caso bajo estudio aprecia la Sala haber acordado mediante sentencia N° 1.495 del 16 de noviembre de 2011 diferir el pronunciamiento sobre la admisibilidad del recurso especial de juridicidad ejercido, hasta que se dictase la decisión de mérito que resuelva el fondo de la demanda de nulidad interpuesta o cese la medida de suspensión de efectos decretada por la Sala Constitucional en el fallo N° 1.149 de fecha 17 de noviembre de 2010, contra los artículos 23 (numeral 18) y del 95 al 102 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Sin embargo, se observa que el recurso especial de juridicidad de autos fue incoado en el marco de un proceso donde se impugna una Providencia Administrativa dictada por una Inspectoría del Trabajo, que declaró con lugar una solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de los salarios caídos, por lo que resulta necesario realizar las siguientes consideraciones: En el fallo N° 1.386 del 22 de noviembre de 2012, esta Sala Político-Administrativa en aras de garantizar la tutela judicial efectiva y el derecho al juez natural, conforme al artículo 25, numeral 3 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y, finalmente, en atención al criterio vinculante de la Sala Constitucional establecido en las sentencias Nos. 955 y 37 de fechas 23 de septiembre de 2010 y 13 de febrero de 2012, respectivamente, relativo a la competencia de los Juzgados Laborales para conocer las acciones incoadas contra los actos administrativos emanados de las Inspectorías del Trabajo, declinó en la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal el conocimiento del asunto debatido en ese caso.

Dispositiva

Sobre la base de las precedentes consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLINA en la SALA DE CASACIÓN SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA la competencia para conocer el recurso interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA VIALPA, S.A., contra el pronunciamiento dictado el 11 de octubre de 2011 por el Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente a la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

jurisdiccióntrabajonulidadadministrativaconstitucionalderechosjuez natural

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca