DecisiónDeclina en la SALA DE CASACIÓN SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA la COMPETENCIA para conocer del presente recurso.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad Constructora Vialpa, S.A. contra una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo que declaró con lugar una solicitud de calificación de despido. La Sala, tras analizar el caso, determinó que la competencia para conocer de este tipo de acciones corresponde a la jurisdicción laboral, en virtud de la naturaleza de la relación laboral involucrada y los criterios vinculantes establecidos por la Sala Constitucional en sentencias anteriores.
Extracto de la motiva
La Sala concluye que el conocimiento de dichas acciones es competencia de la jurisdicción laboral, en razón de la materia y que los titulares de los órganos que integran esa jurisdicción, son los jueces naturales para resolver estas impugnaciones, correspondiéndole a los Tribunales de Juicio del Trabajo la competencia para conocer y decidir en primer grado de esas causas.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLINA en la SALA DE CASACIÓN SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA la COMPETENCIA, para conocer del presente recurso…