La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre un recurso de apelación interpuesto por la Procuraduría General de la República en representación de PROCOMPETENCIA, contra una sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró con lugar un recurso contencioso administrativo de nulidad. La Sala concluyó que la Corte de apelación había incurrido en falso supuesto de derecho por errónea interpretación del artículo 32 de la Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia, y que la solicitud de apertura del procedimiento administrativo debía ser atendida por la Superintendencia.
Extracto de la motiva
La Sala ha afirmado que el falso supuesto de derecho tiene lugar cuando la decisión judicial se fundamenta en una norma que no es aplicable al caso concreto, o cuando se le da un sentido que ésta no tiene o yerra en su aplicación. La Ley para Promover y Proteger el Ejercicio de la Libre Competencia establece lo siguiente: 'Artículo 32. El procedimiento se iniciará a solicitud de parte interesada o de oficio. La iniciación de oficio sólo podrá ser ordenada por el Superintendente. Cuando se presuma la comisión de hechos violatorios de las normas previstas en esta Ley, el Superintendente ordenará la apertura del correspondiente procedimiento e iniciará, por medio de la Sala de Sustanciación, la investigación o sustanciación del caso si éste fuere procedente'.
Dispositiva
Por lo tanto, esta Superintendencia concluye que al poder subsumirse la práctica denunciada dentro de la prohibición contenida en el artículo 8, que constituye un caso específico de prohibición exclusionaria del artículo 6, no puede la Administración proceder a la evaluación de lo dispuesto en el último artículo citado, al considerarse previamente que no existen elementos suficientes para presumir la comisión de la práctica denunciada y prohibida por el artículo 8, Y ASÍ SE DECLARA.
Palabras clave
recurso contencioso administrativolibre competenciaprácticas prohibidasprocedimiento administrativofalso supuesto de derechoLey Procompetencia