Sentencia N° 1483 — Sala Político Administrativa del TSJ, 18 de octubre de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 01483, Exp. 2008-0833, 19/11/2008
Expediente2008-0833
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2008-10-18
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia confirma la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por José Bernabé Calderón Suezcun, representante de Inversiones Calderón S.R.L. La decisión se basa en la prescripción de la obligación tributaria y sus accesorios, ya que transcurrieron más de cuatro años desde que la administración tributaria debió dictar la resolución que decidiera el recurso jerárquico. Se anulan las planillas de liquidación y se condena en costas a la República Bolivariana de Venezuela.

Extracto de la motiva

En virtud de las consideraciones precedentemente asentadas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- QUE PROCEDE la consulta de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes el 20 de octubre de 2006. 2.- CONFIRMA la sentencia dictada el 20 de octubre de 2006 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, mediante la cual se declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por el ciudadano José Bernabé Calderón Suezcun, actuando como representante legal de la contribuyente INVERSIONES CALDERÓN S.R.L., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° GGSJ-GR-DRAAT-2005-2082 de fecha 30 de agosto de 2005, dictada por la “GERENCIA DE RECURSOS” DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual se declaró “(…) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente (…) y, en consecuencia, se confirma parcialmente el acto administrativo contenido en la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo N° RLA-DSA-2001-00040, de fecha 02-03-2001, se anulan las Planillas de Liquidación que se derivan, se anulan los intereses moratorios por el monto de Bs. 22.213.378,00, y se ordena emitir nuevas Planillas de Liquidación por el monto de Bs. 20.693.506,00, por concepto de impuesto determinado y Bs. 72.427.270,00, por concepto de la sanción impuesta con base al artículo 95 del Código Orgánico Tributario de 1994”.

Dispositiva

En virtud de las consideraciones precedentemente asentadas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- QUE PROCEDE la consulta de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes el 20 de octubre de 2006. 2.- CONFIRMA la sentencia dictada el 20 de octubre de 2006 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, mediante la cual se declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado por el ciudadano José Bernabé Calderón Suezcun, actuando como representante legal de la contribuyente INVERSIONES CALDERÓN S.R.L., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° GGSJ-GR-DRAAT-2005-2082 de fecha 30 de agosto de 2005, dictada por la “GERENCIA DE RECURSOS” DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual se declaró “(…) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente (…) y, en consecuencia, se confirma parcialmente el acto administrativo contenido en la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo N° RLA-DSA-2001-00040, de fecha 02-03-2001, se anulan las Planillas de Liquidación que se derivan, se anulan los intereses moratorios por el monto de Bs. 22.213.378,00, y se ordena emitir nuevas Planillas de Liquidación por el monto de Bs. 20.693.506,00, por concepto de impuesto determinado y Bs. 72.427.270,00, por concepto de la sanción impuesta con base al artículo 95 del Código Orgánico Tributario de 1994”.

Palabras clave

prescripciónobligación tributariarecurso contencioso tributarioSENIATCódigo Orgánico Tributarioimpuestosancióncostas

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