DecisiónExtinción de la acción por pérdida del interés
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de exequátur interpuesta por el abogado Luis Gamardo Medina en representación de Omar Medina Colmenares. La solicitud se refería a una sentencia dictada en 1985 por un juzgado de Florida, Estados Unidos, que condenó a Vincenzo Lamonica Vitrano al pago de una suma de dinero. La Sala determinó que existía inactividad procesal desde 2003, lo que llevó a declarar extinguida la acción por pérdida del interés procesal.
Extracto de la motiva
Correspondería a esta Sala pronunciarse sobre la solicitud de exequátur interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar, el 12 de diciembre de 1994, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 588 del Código de Procedimiento Civil, por el abogado Luis Gamardo Medina, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 27.577, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano OMAR MEDINA COLMENARES, titular de la cédula de identidad Nº 2.841.943, de la sentencia dictada en fecha 6 de mayo de 1985 por el Juzgado del Circuito Judicial Undécimo (11mo) del Condado de Miami-Dade, Florida, Estados Unidos de América, mediante la cual se condenó al difunto VINCENZO LAMONICA VITRANO, venezolano y titular de la cédula de identidad N° 3.724.771, al pago de Ciento Cinco Mil Trescientos Ochenta y Cinco Dólares de los Estados Unidos de América con Noventa y Cinco Centavos de Dólar ($ 105.385,95), cuyo monto generaría intereses a la tasa del doce por ciento (12%) anual. No obstante, se observa que en el curso del proceso se dijo “Vistos” el 1° de diciembre de 1999, y que el 3 de abril de 2003 la parte actora solicitó la inhibición de los Magistrados Yolanda Jaimes Guerrero y Hadel Mostafá Paolini, a los fines de la constitución de la Sala Político-Administrativa Accidental, la cual se constituyó el 16 de diciembre de 2008. Sin embargo, desde el 3 de abril de 2003 hasta la presente fecha, no se ha realizado acto alguno de procedimiento a los fines de impulsar y mantener el curso del proceso.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en la solicitud de exequátur interpuesta por el abogado Luis Gamardo Medina, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano OMAR MEDINA COLMENARES, anteriormente identificados, de la sentencia dictada en fecha 6 de mayo de 1985 por el Juzgado del Circuito Judicial Undécimo (11mo) del Condado de Miami-Dade, Florida, Estados Unidos de América. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
exequáturmedida cautelarinterés procesalextinción de la acción