Sentencia N° 148 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de marzo de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00148, Exp. 2023-0409, 13/03/2025
Expediente2023-0409
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2025-03-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Malaquías Gil Rodríguez, decidió a favor de la sociedad mercantil Discocenca BR C.A. en un recurso contencioso tributario contra la Resolución Nro. AMJAL/DH/CF/RES-2019-152, que imponía sanciones tributarias. La sentencia anula el acto administrativo por violación del principio de territorialidad, ya que los proveedores de la demandante no tenían domicilio fiscal en el municipio que pretendía cobrar los tributos. Además, se confirma la procedencia de la acción de amparo constitucional interpuesta por la demandante.

Extracto de la motiva

motivación El acto impugnado mediante el ejercicio del presente recurso está afectado de inmotivación, en virtud de que su motivación resulta ininteligible (...) (...Omissis...) Esta exigencia, legal no constituye una banalidad, una exigencia pueril, ya que la misma representa una garantía para el ciudadano, en la media en que constriñe a la Administración a razonar y exponer los fundamentos de hecho y de derecho de sus actuaciones, y resulta esencial desde dos perspectivas a saber: la primera, porque permite que los administrados conozcan cuáles son las razones de hecho y de derecho en que se fundamenta la actividad de la Administración, de modo que puedan ejercer a plenitud los medios de impugnación que IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 15 de 53 estimen convenientes. La segunda, porque la debida motivación de los actos administrativos permite el control judicial de los mismos. (...Omissis...) (...) tenemos que el acto impugnado resulta inmotivado, y en consecuencia, lesiona el derecho a la defensa y la garantía del debido proceso de [su] representada, en virtud de que, en el artículo ‘SEXTO’ DEL Capitulo denominado ‘RESUELVE’, se confirma una sanción haciendo referencia a una providencia de la cual [su] representada nunca fue notificada y cuyos términos no guardan relación con el objeto de la resolución aquí se recurre (...)”. (Resalto y subrayado del texto original). Finalmente, requirió que sea declarado con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con “(...) ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL (CAUTELAR) (...)” y la nulidad del acto administrativo impugnado. II DECISIÓN JUDICIAL OBJETO DE CONSULTA A través de la sentencia definitiva Nro. 1.560 dictada en fecha 18 de julio de 2022, por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con “ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL (CAUTELAR)”, interpuesto por la sociedad mercan

Dispositiva

Se declara con lugar el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con 'ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL (CAUTELAR)', interpuesto por la sociedad de comercio Discocenca BR C.A., contra la Resolución Nro. AMJAL/DH/CF/RES-2019-152 de fecha 18 de junio de 2019, acto administrativo que se anula.

Palabras clave

Contencioso TributarioAmparo ConstitucionalTerritorialidadSanciones Tributarias

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