Sentencia N° 148 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de febrero de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 00148, Exp. 2013-1478, 06/02/2014
Expediente2013-1478
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-02-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la demanda por indemnización por enfermedad ocupacional y daño moral interpuesta por Antonio Agustín Lizarraga Márquez contra Banco Federal, C.A. La Sala confirmó la decisión del Juzgado Undécimo de Primera Instancia, que había declarado la falta de jurisdicción debido a la liquidación administrativa de la empresa demandada. Se argumentó que, tras la publicación de la orden de liquidación, el Poder Judicial pierde jurisdicción frente al ente liquidador.

Extracto de la motiva

En este sentido, debe atenderse a lo establecido en la sentencia No. 2.592 dictada por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal el 15 de noviembre de 2004, conforme a la cual en caso de liquidación procede, o bien la tramitación de la pretensión de cobro ante el ente liquidador de la Administración Pública por pérdida sobrevenida de jurisdicción frente a ésta -en caso de no haber mediado sentencia firme al respecto-, o la ejecución forzosa de la sentencia ante el órgano administrativo que, en definitiva, repartirá el patrimonio social del ente en liquidación. Ahora bien, en el caso bajo examen advierte la Sala que mediante la Resolución Nº 056.11 de fecha 15 de febrero de 2011, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.616 de la misma fecha, la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario declaró la liquidación administrativa de la sociedad mercantil Banco Federal, C.A., y ordenó se notificara al Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios para que ejerciera las funciones de liquidador. Igualmente, se aprecia que la acción judicial de autos fue intentada el 15 de noviembre de 2012, contra la sociedad mercantil Banco Federal, C.A. por indemnización por enfermedad ocupacional y daño moral, esto es, con posterioridad a la orden de liquidación administrativa.

Dispositiva

Sobre la base de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda por indemnización por enfermedad ocupacional y daño moral, incoada por el ciudadano ANTONIO AGUSTÍN LIZARRAGA MÁRQUEZ, contra la sociedad mercantil BANCO FEDERAL, C.A. En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia consultada dictada en fecha 24 de septiembre de 2013 por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

jurisdicciónindemnizaciónenfermedad ocupacionalBanco Federal

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