Sentencia N° 1479 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de diciembre de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 01479, Exp. 2012-1566, 11/12/2012
Expediente2012-1566
PonenteMÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-12-06
DecisiónDeclina la competencia

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Panamco de Venezuela, S.A. contra una decisión de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. La Sala, tras analizar la competencia para conocer del recurso, determinó que corresponde a la Sala de Casación Social, declinando así su conocimiento.

Extracto de la motiva

Correspondería a esta Sala pronunciarse acerca del recurso interpuesto por la abogada Daniela Arévalo, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, contra la decisión dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 2 de febrero de 2012, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de apelación y confirmó la sentencia apelada de fecha 25 de noviembre de 2008, dictada por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, que a su vez, en la cual se declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por su representada contra la Providencia Administrativa N° 50-02 del 25 de noviembre de 2002, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, interpuesta por los ciudadanos Ángel Eduardo Bravo y Carlos Emilio Perdomo Torres, antes identificados, contra la sociedad mercantil Panamco de Venezuela, S.A., inscrita originalmente con la denominación de Embotelladora Coca Cola y Hit de Venezuela, S.A., (hoy COCA COLA FEMSA). Sin embargo, previo a dicho pronunciamiento, debe esta Sala advertir que respecto al mencionado recurso, la Sala Constitucional de este Alto Tribunal acordó “la suspensión de las normas [que desarrollan el recurso especial de juridicidad] y, en consecuencia, la inaplicación del [mismo]”.

Dispositiva

En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLINA la competencia en la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal, para conocer del recurso ejercido por la sociedad mercantil PANAMCO DE VENEZUELA, S.A., contra la decisión dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 2 de febrero de 2012. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente a la Sala de Casación Social. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidadcompetenciaInspectoría del Trabajo

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