La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo recibió un recurso de nulidad y amparo cautelar interpuesto por Xiomara Salazar Gómez contra un acto administrativo de remoción del Consejo Nacional Electoral. La Corte declaró su incompetencia y remitió el caso a la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia para la regulación de competencia. La Sala, tras analizar la naturaleza del recurso y la relación funcionarial, determinó que la competencia corresponde al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital.
Extracto de la motiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que la competencia para conocer de la presente causa le corresponde al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital y copia de la presente decisión a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado.
Dispositiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que la competencia para conocer de la presente causa le corresponde al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital y copia de la presente decisión a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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