El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, decidió declarar con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la empresa Molinos Nacionales, C.A. contra las Resoluciones Administrativas Nros. 032, 027, 028, 029 y 030, dictadas por la Gerencia de la Aduana Principal de Puerto Sucre del SENIAT. La Sala concluyó que los actos administrativos impugnados estaban viciados de nulidad por inmotivación, ya que no se expresaron las razones por las cuales se impusieron las sanciones. En consecuencia, se revocó la sentencia del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario y se declararon nulas las resoluciones y planillas de liquidación impugnadas.
Dispositiva
1. PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL contra la sentencia de fecha 13 de agosto de 2001, dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se REVOCA el referido fallo. 2. CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la empresa MOLINOS NACIONALES, C.A., (MONACA), contra las Resoluciones Administrativas Nros. 032, 027, 028, 029 y 030 y las correlativas Planillas de Liquidación Nros. H-93-0139664, H-93-0139720, H-93-0139724, H-93-0139721 y H-93-0139740, dictadas por la Gerencia de la Aduana Principal de Puerto Sucre del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). 3. NULAS las referidas “Resoluciones” y planillas de liquidación.