Sentencia N° 1464 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de octubre de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01464, Exp. 2006-1586, 14/10/2009
Expediente2006-1586
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-10-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por PFIZER VENEZUELA S.A. contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró sin lugar su recurso contencioso tributario. La apelante argumentó que el fallo incurrió en error en la interpretación de normas y ultrapetita. Sin embargo, la Sala constató que la contribuyente había satisfecho sus obligaciones tributarias, lo que llevó a declarar el decaimiento del objeto del recurso. En consecuencia, se extinguió el proceso y se ordenó el pago de costas procesales.

Extracto de la motiva

Correspondería a esta Sala pronunciarse respecto de la apelación ejercida por la sociedad mercantil Pfizer Venezuela, S.A., contra la sentencia N° 0192, dictada el 08 de febrero de 2006 por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, a los fines de determinar si tal como fue alegado por la recurrente, el referido fallo incurrió en los vicios de error en la interpretación de normas jurídicas y de ultrapetita, al declarar sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por ésta contra la Resolución N° RRc/2004-09-028 dictada el 27 de septiembre de 2004, por la Dirección de Hacienda de la Alcaldía del Municipio Valencia del Estado Carabobo, que declaró parcialmente con lugar el recurso de reconsideración ejercido contra la Resolución N° RL/2003-09-117 del 08 de septiembre de 2003, y que ordenó el pago de la cantidad de Ciento Treinta y Siete Millones Trescientos Siete Mil Trescientos Once Bolívares (Bs. 137.307.311,00), equivalentes en moneda actual a Ciento Treinta y Siete Mil Trescientos Siete Bolívares con Treinta y Un Céntimos (Bs. 137.307,31), por conceptos de impuesto sobre patente de industria y comercio (actual impuesto sobre actividades económicas de industria y comercio), recargos, intereses moratorios y multa. No obstante, observa la Sala que en fecha 29 de julio de 2009, la representación judicial de la sociedad mercantil apelante, presentó diligencia solicitando que se declarara que en el presente caso no había materia sobre la cual decidir, toda vez que la contribuyente había satisfecho mediante el pago, las obligaciones tributarias determinadas en la Resolución N° RRc/2004-09-028, dictada el 27 de septiembre de 2004 por la Dirección de Hacienda del Municipio Valencia del Estado Carabobo, objeto de impugnación en el contencioso tributario. A tales efectos y como sustento de su solicitud, consignó copia de la Planilla de Liquidación N° 0000004316, expedida por la Sección de Liquidación de la Dirección de Hacienda de la Alcaldía del Municipio Valencia, en fecha 22 de mayo de 2009, por el monto de Ciento Treinta y Siete Mil Trescientos Siete Bolívares con Treinta y Un Céntimos (Bs. 137.307,31), la cual fue cancelada por la empresa recurrente en la misma fecha (22 de mayo de 2009), según consta en el sello húmedo que aparece en la misma y que reza “Fisco Municipal Valencia 4 22 Mayo 2009 4 PAGADO”. En este sentido, pudo constatar este Alto Tribunal del texto de la referida planilla de liquidación que la misma fue emitida por la referida Sección de Liquidación de la Dirección de Hacienda del mencionado Municipio, en ocasión del reparo fiscal contenido en el Acta Fiscal N° A/F 2002-147 del 21 de agosto de 2001 y en las Resoluciones Nos. RL/2003-09-117 del 08 de septiembre de 2003 y RRc/2004-09-028 del 27 de septiembre de 2004; ésta última determinativa de la obligación de pago por parte de la contribuyente Pfizer Venezuela, S.A. de la cantidad (en moneda actual) de Ciento Treinta y Siete Mil Trescientos Siete Bolívares con Treinta y Un Céntimos (Bs. 137.307,31), en concepto de impuesto, recargos, intereses moratorios y multa.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EL DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil PFIZER VENEZUELA, S.A., contra la Resolución N° RRc/2004-09-028, emitida el 27 de septiembre de 2004, por la Dirección de Hacienda de la Alcaldía del Municipio Valencia del Estado Carabobo, que declaró parcialmente con lugar el recurso de reconsideración ejercido por ésta contra la Resolución N° RL/2003-09-117 del 08 de septiembre de 2003 emitida por la indicada dependencia municipal, ordenando en consecuencia, el pago de las cantidades de Ochenta y Tres Millones Trescientos Setenta y Un Mil Ciento Diez Bolívares (Bs. 83.371.110,00), en concepto de impuesto sobre patente de industria y comercio (actual impuesto sobre actividades económicas de industria y comercio) causado y no liquidado durante los ejercicios fiscales correspondientes a los años de 1997 a 2001, intereses moratorios y recargos por Doce Millones Doscientos Cincuenta Mil Seiscientos Cuarenta y Seis Bolívares (Bs. 12.250.646,00) y multa por Cuarenta y Un Millones Seiscientos Ochenta y Cinco Mil Quinientos Cincuenta y Cinco Bolívares (Bs. 41.685.555,00), para un total de Ciento Treinta y Siete Millones Trescientos Siete Mil Trescientos Once Bolívares (Bs. 137.307.311,00), equivalentes en moneda actual a Ciento Treinta y Siete Mil Trescientos Siete Bolívares con Treinta y Un Céntimos (Bs. 137.307,31). En consecuencia, queda EXTINGUIDO EL PROCESO.

Palabras clave

Contencioso TributarioImpuesto sobre PatenteDecaimiento del Objeto

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