DecisiónQUE CORRESPONDE al JUZGADO SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL la competencia para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo funcionarial ejercido por el ciudadano JESÚS ALBERTO SÁNCHEZ CASTRO.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo y la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. Se determinó que la competencia para conocer del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por Jesús Alberto Sánchez Castro corresponde al Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, debido a la naturaleza del caso y las disposiciones legales aplicables.
Extracto de la motiva
Determinado el conflicto de competencia, la Sala establece que corresponde a los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa conocer de las causas interpuestas por funcionarios públicos, incluidos los pertenecientes a los cuerpos de seguridad del Estado. Se hace referencia a la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y a la Ley del Estatuto de la Función Pública, que establecen que las reclamaciones de los funcionarios deben ser ventiladas ante los órganos superiores de la jurisdicción contencioso administrativa. En este sentido, se concluye que el recurso contencioso administrativo funcionarial ejercido por el ciudadano Jesús Alberto Sánchez Castro debe ser conocido por el Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.
Dispositiva
1.- QUE ES COMPETENTE para resolver la regulación de competencia suscitada en el presente caso. 2.- QUE CORRESPONDE al JUZGADO SUPERIOR NOVENO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL la competencia para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo funcionarial ejercido por el ciudadano JESÚS ALBERTO SÁNCHEZ CASTRO, asistido por el abogado Iván Antonio Yépez, contra la decisión N° 0360 de fecha 13 de junio de 2010, dictada por el CONSEJO DISCIPLINARIO DEL DISTRITO CAPITAL DEL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (CICPC). Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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