Sentencia N° 146 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de enero de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 00146, Exp. 16206, 30/01/2002
Expediente16206
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-01-29
DecisiónDesistido
Resumen
El ciudadano José Ignacio Maggiorani Rosas interpuso un recurso de nulidad contra la destitución dictada por el Tribunal Disciplinario del Consejo de la Judicatura. La Sala Político-Administrativa del TSJ, tras revisar el expediente, determinó que el recurrente no cumplió con la consignación de la publicación del cartel de emplazamiento, lo que llevó a concluir que desistió tácitamente del recurso. En consecuencia, se declara desistido el recurso de nulidad interpuesto.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia lo siguiente: 'En el auto de admisión el Tribunal ordenará notificar al Fiscal General de la República y también al Procurador General de la República, caso de que la intervención de éste en el procedimiento fuere requerida teniendo en cuenta la naturaleza del acto. Cuando lo juzgue procedente, el Tribunal podrá disponer también que se emplace a los interesados mediante un cartel que será publicado en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Caracas, para que concurran a darse por citados dentro de las diez audiencias siguientes a la fecha de publicación de aquél un ejemplar del periódico donde fuere publicado el cartel será consignado por el recurrente dentro de los quince días consecutivos siguientes a la fecha en la que aquél hubiere sido expedido y de no hacerlo dentro de dicho término, la Corte declarará desistido el recurso y ordenará archivar el expediente, a menos que alguno de los interesados se diere por citado y consignare el ejemplar del periódico donde hubiere sido publicado el cartel.' (Negrillas de la Sala). En el caso de autos ha quedado plenamente comprobado que en el lapso a que se refiere la norma transcrita, el recurrente no retiró y, en consecuencia, no consignó la publicación del cartel expedido por el Juzgado de Sustanciación el día 8 de noviembre de 2000, según consta en la certificación que cursa en autos.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de nulidad interpuesto. Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente.
Palabras clave
nulidaddesistimientorecursopublicacióncartelnotificaciónConsejo de la JudicaturaJuez Provisorio