Sentencia N° 1450 — Sala Político Administrativa del TSJ, 6 de junio de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 01450, Exp. 2000-0908, 07/06/2006
Expediente2000-0908
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2006-06-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Refrigeración Master Metropolitana C.A. contra los artículos 4 y 9 del Decreto N° 3.220 y la Resolución N° RI-114 del Ministerio del Ambiente. La Sala considera que los argumentos de la recurrente sobre la inconstitucionalidad de las normas no son suficientes, ya que el Decreto busca proteger la capa de ozono y la salud pública, y no se ha demostrado que la negativa a otorgar el permiso de importación lesione derechos fundamentales.

Extracto de la motiva

Determinado lo anterior, corresponde a la Sala emitir pronunciamiento sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido, lo cual pasa a hacer en los siguientes términos: En primer lugar, esta Sala considera necesario destacar que, de la revisión del escrito recursivo, se aprecia que el apoderado judicial de la parte recurrente interpuso recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con amparo constitucional contra un acto de efectos generales y otro de efectos particulares. Así, por decisión del 12 de marzo de 2002, la Sala declaró improcedente el amparo constitucional solicitado por la parte recurrente, por cuanto “(… ) la parte actora ha señalado de manera genérica los daños o el perjuicio que la aplicación del referido Decreto pudiera ocasionarle y adicionalmente la Sala considera que no ha podido verificarse la presunción de buen derecho alegada (… ) dado que no ha quedado demostrado que las restricciones derivadas de la aplicación del referido Decreto, privan toda alternativa del ejercicio de los derechos constitucionales alegados (… )”. Sin embargo, se observa que los alegatos en los cuales se fundamentó la sociedad mercantil recurrente para solicitar el amparo constitucional, son los mismos utilizados para motivar la solicitud de nulidad de los actos recurridos, los cuales se circunscriben a la violación de los derechos constitucionales, razón por cual, esta Sala, en aras de garantizar una tutela judicial efectiva, pasa a analizar las denuncias formuladas, para lo cual observa: En el caso bajo examen el apoderado judicial de la sociedad mercantil Refrigeración Master Metropolitana C.A., solicita se declare la nulidad por inconstitucionalidad de los artículos 4 y 9 del Decreto Presidencial N° 3.220, de fecha 13 de enero de 1999, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.293 del 26 de enero de 1999. Igualmente, solicita la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución N° RI-114, de fecha 26 de julio de 2000, dictada por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales Renovables, hoy Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto el 10 de noviembre de 1999, en virtud del silencio administrativo producido por la ausencia de respuesta en el plazo establecido para decidir el recurso de reconsideración ejercido el 28 de septiembre de 1999, contra el acto administrativo contenido en el Oficio N° 00591, del 06 de septiembre de 1999, emanado de la Dirección General de Calidad Ambiental de ese Ministerio, por el cual se negó a la empresa recurrente el permiso de importación de los gases refrigerantes CFC12 (diclorodifluorometano) y CFC114 (diclorotetrafluoroetano); y, en consecuencia, se ordene a la Dirección General Sectorial de Calidad Ambiental conceda el permiso de importación de los gases antes mencionados para el segundo semestre del año 2000 y los dos semestres del año 2001.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por el apoderado judicial de la sociedad mercantil REFRIGERACIÓN MASTER METROPOLITANA C.A., contra los artículos 4 y 9 del Decreto Presidencial N° 3.220, de fecha 13 de enero de 1999, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.293 del 26 de enero de 1999, así como el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución N° RI-114, de fecha 26 de julio de 2000, dictada por el MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, hoy MINISTERIO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto el 10 de noviembre de 1999, en virtud del silencio administrativo producido en el recurso de reconsideración ejercido el 28 de septiembre de 1999, contra el acto administrativo contenido en el Oficio N° 00591, del 06 de septiembre de 1999, emanado de la Dirección General de Calidad Ambiental de ese Ministerio, por el cual se negó a la empresa recurrente el permiso de importación de los gases refrigerantes CFC12 (diclorodifluorometano) y CFC114 (diclorotetrafluoroetano). Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a las partes. Archívese el expediente judicial y devuélvase el administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidaddecreto 3.220importacióngases refrigerantesderechos constitucionalessaludmedio ambiente

Normas citadas

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