Sentencia N° 144 — Sala Político Administrativa del TSJ, 30 de enero de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 00144, Exp. 2001-0173, 04/02/2003
Expediente2001-0173
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2003-01-30
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por varios ciudadanos contra un acto administrativo que ordenaba la salida del país de Erasmo Strocchia. La Sala admitió el recurso de nulidad para su trámite, pero declaró inadmisible la acción de amparo constitucional solicitada por los recurrentes. La decisión se fundamenta en la falta de legitimidad de los demandantes para solicitar el amparo, ya que la acción de amparo es personalísima y debe ser interpuesta por quien alegue la violación de sus derechos.

Extracto de la motiva

La Sala observa, que en el presente caso, se ha interpuesto un recurso contencioso administrativo de nulidad por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad, conjuntamente con acción de amparo constitucional, contra el acto administrativo Nº 056 dictado en fecha 12 de mayo de 1994, por el antes denominado Ministro de Relaciones Interiores, mediante el cual se dispuso la salida del territorio nacional del ciudadano Erasmo Strocchia. Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42, ordinal 10º de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, en concordancia con el artículo 43 eiusdem, según los cuales, esta Sala es la competente para conocer de los recursos de nulidad ejercidos contra 'los actos administrativos individuales del Poder Ejecutivo Nacional'. Competencia ésta ratificada en el artículo 266, numeral 5 de la Constitución.

Dispositiva

PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional por los ciudadanos ANIELLO STROCCHIA, CARMINE STROCCHIA, MICHELINA DI DOMENICO Y GIUSEPPE STROCCHIA DI DOMENICO, representados por la abogada Karla González Valera, antes identificados, contra el acto administrativo Nº 056 dictado en fecha 12 de mayo de 1994, por el Ministerio de Relaciones Interiores, hoy Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia. SEGUNDO: ADMITE, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, de lo atinente a la caducidad de la acción y al agotamiento previo de la vía administrativa, el recurso de nulidad interpuesto. TERCERO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta.

Palabras clave

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