Sentencia N° 1438 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de diciembre de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 01438, Exp. 02-0092, 10/12/2002
Expediente02-0092
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2002-12-05
DecisiónCon Lugar
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, se pronunció sobre la competencia para conocer un recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil AUTOELÉCTRICO TAMBORRINO 97, C.A. contra una resolución del Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria del Municipio Baruta. La Sala determinó que el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario es el competente para conocer del caso, revocando la decisión anterior que se había declarado incompetente.
Extracto de la motiva
Conforme a lo expuesto en los antecedentes de la presente causa, el conflicto sometido a consideración de este Máximo Tribunal deriva del pronunciamiento dictado por el a quo en fecha 18 de enero de 2002, cuando estima que, el carácter de la acción interpuesta no es de índole tributaria sino urbanística, en cuya virtud declina la competencia para conocer de este juicio en los Tribunales Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital. En tal sentido, esta Sala en sentencia N° 02013 de fecha 19 de octubre de 2000, Caso: Inversiones Mezanotte, C.A., indicó: “(...) Ahora bien, aún considerando la amplia fundamentación expuesta por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario como base de su declinatoria de competencia, esta Sala observa que, independientemente de que los actos administrativos recurridos tengan como origen una controversia de índole urbanística, cual es si el establecimiento comercial “MEZZANOTTE RISTORANTE” puede o no ser amparado por la correspondiente Patente de Industria y Comercio, dada la ubicación del inmueble donde éste funcionaría, la naturaleza jurídica de los actos impugnados mediante los cuales se impone la sanción de clausura a la referida contribuyente y se inicia el procedimiento al efecto, en ejecución de la Ordenanza de Patente de Industria y Comercio del Municipio Baruta, es, sin lugar a dudas, de índole tributaria. En este orden de ideas, se aprecia de las actas procesales que conforman este expediente que el recurso interpuesto en vía jurisdiccional por la contribuyente, contra los actos administrativos expedidos a su cargo por el Superintendente del Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria del Municipio Baruta, se circunscribe a pretender la supuesta ilegalidad de la sanción de contenido tributario que le fuera impuesta por un órgano con competencia tributaria en el ámbito Municipal, en virtud de la infracción también de naturaleza tributaria por éste advertida. En consecuencia, al quedar establecida la naturaleza tributaria de la controversia de autos, considera esta Sala que la misma debe ser dilucidada solo por los Tribunales de la especial jurisdicción contencioso tributaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 221 del vigente Código Orgánico Tributario. (...)
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA que el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario tiene competencia para conocer y decidir el recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad mercantil contribuyente AUTOELÉCTRICO TAMBORRINO 97, C.A., contra el acto administrativo expedido a su cargo por el Servicio Autónomo Municipal de Administración Tributaria del Municipio Baruta. En consecuencia, se REVOCA la decisión dictada en fecha 18 de enero de 2002, mediante la cual se declaró incompetente para conocer la causa. Remítase el expediente al Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que siga conociendo la presente causa y se pronuncié inmediatamente sobre la medida cautelar solicitada.
Palabras clave
contencioso tributarioregulación de competenciaresolución administrativalicencia de industriaclausura de establecimientojurisdicción contenciosapatente de comercio