DecisiónQUE ES COMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia planteado.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre dos tribunales respecto a una demanda de indemnización por daño moral presentada por María del Carmen Gómez contra el Instituto de Integración Social Aragua. La Sala determinó su competencia para conocer del caso, dado que no existía un tribunal superior común a los involucrados en el conflicto. La demanda se fundamenta en la alegación de daños psicológicos y físicos derivados de la remoción de la demandante de su cargo durante su periodo de inamovilidad laboral.
Extracto de la motiva
La Sala observa que al no existir un Tribunal Superior común a los tribunales en conflicto, de conformidad con las normas procesales transcritas la regulación de competencia corresponde a este Alto Tribunal, específicamente a la Sala Político-Administrativa, actuando como cúspide de la jurisdicción contencioso-administrativa, toda vez que uno de los tribunales involucrados forma parte de dicha jurisdicción. Así se declara.
Dispositiva
1.- QUE ES COMPETENTE para conocer el conflicto negativo de competencia planteado. 2.- QUE CORRESPONDE A LAS CORTES DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO la COMPETENCIA para conocer y decidir la demanda de indemnización por daño moral, interpuesta por la ciudadana MARÍA DEL CARMEN GÓMEZ, contra el INSTITUTO DE INTEGRACIÓN SOCIAL ARAGUA.
Palabras clave
conflicto de competenciaindemnizacióndaño moralderechos humanosinamovilidad laboraljurisdicción contencioso-administrativaremociónInstituto de Integración Social