Sentencia N° 1433 — Sala Político Administrativa del TSJ, 12 de diciembre de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 01433, Exp. 2012-0651, 17/12/2013
Expediente2012-0651
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-12-12
DecisiónAcepta la competencia

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por Marisol GÓMEZ DE VERGARA contra una resolución que le impuso una multa. La Sala aceptó la competencia declinada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón, argumentando que el acto administrativo impugnado fue dictado por el Director de Declaraciones Juradas de Patrimonio, actuando por delegación del Contralor General de la República. Se ordenó la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación para que se pronuncie sobre la admisión del recurso.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Accidental pronunciarse en torno a la competencia que ha sido declinada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón. En tal sentido observa: El presente juicio versa sobre el recurso de nulidad ejercido por la ciudadana Marisol GÓMEZ de VERGARA contra la Resolución N° 08-02-2011-LCC-050-RM-041 dictada el 15 de septiembre de 2011 por el Director de Declaraciones Juradas de Patrimonio (E) de la Dirección General de Procedimientos Administrativos de la Contraloría General de la República, mediante la cual declaró sin lugar el recurso de reconsideración ejercido contra la resolución que le impuso multa por la cantidad de doscientas setenta y cinco unidades tributarias (275 U.T.), de conformidad con lo previsto en los numerales 4 y 5 del artículo 33 de la Ley contra la Corrupción. Del contenido del acto impugnado se evidencia que este fue suscrito por el ciudadano Silvio GODOY CASTILLO, en su condición de Director de Declaraciones Juradas de Patrimonio (E), según consta en la Resolución N° 01-00-099 de fecha 29 de mayo de 2008, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.942 del día 30 de ese mes y año. Esta Sala Accidental observa que a través de la aludida Resolución, el entonces ciudadano Contralor General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, delegó en el mencionado funcionario la atribución “... prevista en el artículo 106 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, a los fines de la imposición de las multas consagradas en el artículos 94 de la misma Ley...”.

Dispositiva

1.- ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón para conocer y decidir el recurso de nulidad interpuesto por la ciudadana Marisol GÓMEZ de VERGARA, contra la Resolución N° 08-02-2011-LCC-050-RM-041 dictada el 15 de septiembre de 2011 por el DIRECTOR DE DECLARACIONES JURADAS DE PATRIMONIO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, actuando por delegación del CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA. 2.- ORDENA la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación con la finalidad de que se pronuncie sobre la admisión del recurso, con prescindencia de la competencia ya decidida en el presente fallo.

Palabras clave

recurso de nulidadmultaContraloría General de la República

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