La Sala Político-Administrativa del TSJ se pronunció sobre un recurso contencioso tributario interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Quinto que declaró la prescripción de una obligación tributaria. La Sala anuló la decisión del tribunal inferior por incurrir en vicios de ultrapetita y errónea interpretación del derecho, ya que la prescripción no fue solicitada por la contribuyente. Además, se abordaron diversos reparos fiscales relacionados con pérdidas por deudas incobrables, intereses y gastos no comprobados, resultando en una decisión parcial que confirma algunos reparos y anula otros.
Extracto de la motiva
La controversia planteada (...) contra los actos administrativos de efectos particulares contenidos en la Resolución No. HGJT-A-133 de fecha 23 de abril de 1996, emitida (sic) la Gerencia Jurídica Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), mediante la cual se declaran parcialmente con lugar los Recursos Jerárquicos interpuestos, confirmándose en parte el contenido de las Resoluciones Culminatorias del Sumario Administrativo Nos. HCF-SA-PEFC-0504 y 0505 de fecha 3 de junio de 1993, HCF-SA-PEFC-0190 y 191 del 21 de febrero de 1994, correspondientes a los ejercicios fiscales del 01 de enero de 1985 al 31 de diciembre de 1985, y del 01 de enero de 1986 al 31 de diciembre de 1986, en materia de Impuesto sobre la Renta. No obstante, como punto previo, debe esta Juzgadora, determinar, en primer lugar, la posible prescripción de la obligación tributaria, debido al transcurso del tiempo observado en el caso sub judice. ...omissis...
Dispositiva
1. PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva Nro. 1618 de fecha 28 de septiembre de 2009, dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual declaró de oficio la prescripción de la obligación tributaria en el recurso contencioso tributario interpuesto por los apoderados judiciales de la sociedad de comercio MAQUINARIAS VENEQUIP, C.A. Decisión que se ANULA. 2. PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la referida contribuyente contra Resolución signada con letras y números HGJT-A-133 del 23 de abril de 1996, emanada de la entonces GERENCIA JURÍDICA TRIBUTARIA HOY GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS JURÍDICOS DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). En consecuencia: 2.1. Queda FIRME de la Resolución signada con letras y números HGJT-A-133 del 23 de abril de 1996, las objeciones fiscales relativas a: i) fracción no comprobada de las pérdidas por deudas incobrables; ii) pérdida de capital; iii) pérdida en cambio no realizada, iv) gastos de comprobación no satisfactoria. 2.2. Se ANULAN de la aludida Resolución i) la parte comprobada de las pérdidas por deudas incobrables ii) reparo por concepto de intereses provenientes de depósitos a plazos no menores de noventa (90) días, ii) reparo por gastos de comprobación no satisfactoria y iii) los intereses moratorios liquidados a cargo de la sociedad mercantil recurrente.