Sentencia N° 1422 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de noviembre de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 01422, Exp. 1993-10330, 06/11/2008
Expediente1993-10330
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaAdministrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2008-11-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar el recurso contencioso administrativo interpuesto por Cherry Youly Fuenmayor Pereira contra el silencio administrativo del Ministro de Justicia, que confirmó su destitución. La decisión se basa en la revisión de las actas del expediente administrativo, donde se evidencia que la destitución fue ratificada por el Ministro de Justicia en la Resolución Nº 27 del 17 de septiembre de 1991, por infracciones al Reglamento de Régimen Disciplinario del Cuerpo Técnico de Policía Judicial.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 27 del 17 de septiembre de 1991, decidió ratificar la medida de destitución impuesta al ciudadano Cherry Youly Fuenmayor. En efecto, de la revisión de las actas que conforman el expediente administrativo se aprecia que el Director General del Cuerpo Técnico de Policía Judicial ordenó el 29 de mayo de 1990 la destitución del recurrente y del ciudadano Alejandro García Urbina por estar sus conductas subsumidas en faltas contempladas en nuestro Reglamento de Régimen Disciplinario, a saber: `Artículo 12.- SON FALTAS CONTRA LA OBEDIENCIA DEBIDA´, aparte a) `Incumplir las órdenes relativas al servicio´ y `Artículo 14.- SON FALTAS DE EXTRALIMITACIÓN DE FUNCIONES´, aparte d) Aprovecharse del cargo para obtener ventajas o beneficios.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Político Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano CHERRY YOULY FUENMAYOR PEREIRA, contra el silencio administrativo del MINISTRO DE JUSTICIA, actualmente MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA, sobre el recurso de reconsideración interpuesto contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 27 del 17 de septiembre de 1991, notificada el 3 de marzo de 1993, mediante la cual “le fue confirmada la medida de destitución que le fuera impuesta por el Director del Cuerpo Técnico de Policía Judicial en fecha 29 de mayo de 1990”. En consecuencia queda FIRME el referido acto administrativo.

Palabras clave

recurso contencioso administrativonulidaddestituciónCuerpo Técnico de Policía JudicialReglamento de Régimen Disciplinarioderecho a la defensasilencio administrativo

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