Sentencia N° 1410 — Sala Político Administrativa del TSJ, 31 de mayo de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 01410, Exp. 2006-0844, 01/06/2006
Expediente2006-0844
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2006-05-31
DecisiónEs COMPETENTE para resolver el conflicto planteado.

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia planteado entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. El caso se originó a raíz de un procedimiento de oferta real y depósito interpuesto por la sociedad mercantil Constructora Pedeca, C.A. en relación a montos adeudados a la Gobernación del Estado Trujillo por concepto de recaudación de peajes. La Sala, tras analizar la naturaleza administrativa del contrato en cuestión y las características de los contratos administrativos, determinó que era competente para conocer del caso, dado que uno de los tribunales involucrados pertenece a la jurisdicción contencioso-administrativa. Finalmente, se aceptó la competencia para decidir sobre la solicitud de oferta real de pago y depósito efectuada por el abogado de la sociedad demandante. La decisión fue firmada el 31 de mayo de 2006 y publicada el 1 de junio de 2006, estableciendo que la Sala actuará en el conocimiento del procedimiento de oferta real y depósito a favor del Estado Trujillo.

Extracto de la motiva

En el presente caso se ha planteado un conflicto negativo de competencia para conocer de la oferta real y depósito opuesta por la sociedad mercantil CONSTRUCTORA PEDECA, C.A., a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO TRUJILLO, por concepto del porcentaje de recaudación bruta de las estaciones de peaje Buena Vista y La Libertad, correspondiente al mes de noviembre de 2004, en virtud del contrato de concesión para el financiamiento, reparación, administración y mantenimiento de la vía T001: Límite Lara- Agua Viva- Río Poco, entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo y Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, por tanto, esta Sala Político-Administrativa, actuando como cúspide de la jurisdicción contencioso-administrativa y visto que uno de los tribunales involucrados forma parte de esta jurisdicción, se declara competente para conocer el conflicto planteado. Así se decide.

Dispositiva

1.- Es COMPETENTE para resolver el conflicto planteado. 2.- Que ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer y decidir de la solicitud de oferta real de pago y depósito efectuada por el abogado Alexander José Durán, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA PEDECA, C.A., a favor del ESTADO TRUJILLO. Publíquese, regístrese y comuníquese. Pásese el expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de que la causa continúe el curso de Ley. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

conflicto de competenciaoferta realdepósitocontrato administrativorecaudación de peajesjurisdicción contencioso-administrativaEstado TrujilloConstructora Pedeca

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