Sentencia N° 1405 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de octubre de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 01405, Exp. 2012-1880, 22/10/2014
Expediente2012-1880
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-10-21
DecisiónIMPROCEDENTE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia declinada por el Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo, aceptando su conocimiento sobre la demanda de nulidad interpuesta por el Coronel Gerardo José Hernández Lugo contra una orden de arresto. La Sala admitió provisionalmente la demanda de nulidad para su trámite, pero declaró improcedente la solicitud de amparo cautelar, argumentando que no se configuraron violaciones a los derechos constitucionales del demandante. Se ordenó la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación para verificar la admisibilidad de la demanda.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que el análisis de la competencia hay que hacerlo a la luz de las disposiciones de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en cuyo numeral 23 del artículo 23 establece lo siguiente: 'Artículo 23: La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia es competente para conocer de: (...) 23. Conocer y decidir las pretensiones, acciones o recursos interpuestos, en el caso de retiro, permanencia, estabilidad o conceptos derivados de empleo público del personal con grado de oficiales de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana'. La norma parcialmente transcrita atribuye, a esta Sala el conocimiento de las acciones o recursos interpuestos por los oficiales de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. En virtud de lo anterior, esta Máxima Instancia, tomará en cuenta a los efectos de pronunciarse en el presente caso, el escrito consignado en fecha 29 de noviembre de 2012, por la parte actora, ante el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital. Así se establece.

Dispositiva

1.-ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, para conocer y decidir la demanda de nulidad ejercida conjuntamente con amparo cautelar, intrepuesta por el ciudadano, Coronel de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), GERARDO JOSÉ HERNÁNDEZ LUGO contra 'la orden de arresto fechada 13 de julio de 2012, a través de la cual [fue] nuevamente sancionado con un (1) día de arresto simple', emanada del ciudadano GENERAL DE DIVISIÓN CARLOS ENRIQUE GUTIÉRREZ, en su carácter de DIRECTOR GENERAL DE SALUD DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, de conformidad con el artículo 117 numerales 46, 48 y 61 del Reglamento de Castigos Disciplinarios N° 6. 2.-ADMITE provisionalmente la indicada demanda de nulidad interpuesta, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, de lo atinente a la caducidad de la acción. De ser procedente su admisión, el mencionado Juzgado ordenará la continuación del proceso. 3.-IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar.

Palabras clave

nulidadorden de arrestoamparo cautelarderechos constitucionalesFuerza Armada Nacional Bolivariana

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