Sentencia N° 1404 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de diciembre de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 01404, Exp. 01-0770, 04/12/2002
Expediente01-0770
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-12-03
DecisiónSin Lugar

Resumen

La ciudadana María Dolores Martínez interpuso un recurso de nulidad contra un acto administrativo que la destituyó de su cargo como Juez. El Juzgado de Sustanciación declaró inadmisible la acción por caducidad, lo que motivó la apelación de la recurrente. La Sala Político-Administrativa del TSJ, al examinar el caso, determinó que el recurso de nulidad fue interpuesto fuera del plazo legal establecido, por lo que ratificó la decisión del Juzgado de Sustanciación.

Extracto de la motiva

Para decidir, la Sala observa: El Juzgado de Sustanciación fundamentó la declaratoria de inadmisibilidad del recurso en el Decreto Cautelar de Protección del Sistema de Justicia, el cual para el momento de la interposición del presente recurso había perdido vigencia, por haber sido sustituido por el Decreto de Régimen de Transición del Poder Público; sin embargo, se advierte, que este instrumento jurídico mantiene los términos de aquél, en su artículo 31; el cual textualmente señala: 'Artículo 31. De las sanciones disciplinarias podrá ejercerse recurso administrativo de reconsideración ante la Comisión dentro de los quince días continuos a la notificación del acto sancionatorio o recurso administrativo ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, dentro de los treinta días continuos de su notificación. (Negrillas de la Sala). La Comisión deberá decidir los recursos de reconsideración dentro del lapso de cinco días siguientes a la fecha de su presentación. De no pronunciarse la Comisión, se entenderá que el recurso ha sido decidido negativamente.'

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana MARÍA DOLORES MARTÍNEZ, contra el auto de fecha 13 de noviembre de 2001, dictado por el Juzgado de Sustanciación y, en consecuencia, INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la recurrente.

Palabras clave

recurso de nulidaddestituciónJuezLey Orgánica de la Corte Suprema de JusticiacaducidadDecreto Cautelarsanciones disciplinarias

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