El ciudadano Harol Jesús Díaz Jiménez interpuso una demanda de nulidad contra la Resolución número 4732, que lo separó de la Fuerza Armada Nacional por supuestas irregularidades en su gestión. La Sala Político-Administrativa del TSJ analizó los alegatos del demandante, que incluían falsos supuestos de hecho y derecho, violaciones al derecho a la defensa y a la presunción de inocencia, así como discriminación y falta de proporcionalidad en la sanción impuesta. Tras evaluar las pruebas y argumentos, la Sala desestimó todos los vicios denunciados y declaró sin lugar la demanda, manteniendo firme la resolución impugnada.
Extracto de la motiva
El acto administrativo objeto de impugnación es la Resolución número 4732 del 19 de mayo de 2014, por la cual la entonces Ministra del Poder Popular para la Defensa, resolvió: '…Caracas, 19MAY2014 RESOLUCIÓN № 004732 La Ministra del Poder Popular para la Defensa, ALMIRANTA EN JEFA CARMEN TERESA MELÉNDEZ RIVAS, nombrada mediante Decreto № 214 de fecha 05 de julio de 2013, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 77 numeral 19 del Decreto № 6.217 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública de fecha 31 de julio de 2008, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 11 y 112 numerales 5 y 125 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana de fecha 09 de marzo de 2011, RESUELVE PRIMERO: SEPARAR de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana por medida disciplinaria al Mayor HAROL JESÚS DÍAZ JIMÉNEZ, C.I. N° 7.439.798.' La Sala considera que el demandante incurrió en la tramitación fraudulenta de créditos, lo que justifica la sanción impuesta. Además, se concluye que no hubo violación a sus derechos fundamentales durante el procedimiento administrativo.
Dispositiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por el Mayor de la Aviación Militar Bolivariana en situación de retiro HAROL JESÚS DÍAZ JIMÉNEZ, contra la Resolución número 4732 de fecha 19 de mayo de 2014, dictada por la MINISTRA DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, mediante la cual se pasó al demandante a situación de retiro por medida disciplinaria. En consecuencia, FIRME el acto impugnado.
Palabras clave
nulidadseparaciónFuerza Armadairregularidadesderecho a la defensa