La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la solicitud de suspensión de efectos de la Resolución Nro. 158, dictada por el Ministro del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda, que declaró la extinción de actos administrativos relacionados con la concesión de la emisora Radio Bonita 'La Guapa'. La Sala consideró que la solicitud era improcedente por no haberse acreditado la existencia del fumus boni iuris, lo que llevó a no analizar el periculum in mora. La decisión se fundamentó en la falta de un procedimiento administrativo previo adecuado y en la presunción de legalidad de los actos administrativos.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la solicitud de suspensión de efectos del acto impugnado debe ser declarada improcedente por no haberse acreditado la existencia del fumus boni iuris, por lo que resulta entonces inoficioso analizar y emitir pronunciamiento respecto del periculum in mora, pues su cumplimiento debe ser concurrente, como ha sido reiterado por la jurisprudencia de este Máximo Tribunal.
Dispositiva
En virtud de las consideraciones que anteceden, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la suspensión de los efectos de la Resolución Nro. 158 del 31 de julio de 2009, dictada por el entonces MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LAS OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
Palabras clave
suspensión de efectosresolución administrativacontencioso administrativo