La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento del recurso de nulidad interpuesto por Banesco Banco Universal C.A. contra la Resolución Nº 121-00 de la Superintendencia de Bancos. La abogada Lizbeth Subero Ruiz, actuando como apoderada de Banesco, desistió del recurso, lo cual fue aceptado por la apoderada de la Superintendencia. La Sala consideró que no existía razón de orden público que impidiera el desistimiento y, por tanto, lo homologó.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el desistimiento formulado por la abogada Lizbeth Subero Ruiz, actuando como apoderada judicial de Banesco Banco Universal C.A., y a tal efecto se observa: El día 10 de diciembre de 2002, la mencionada abogada compareció ante esta Sala y señaló lo siguiente: “Mediante diligencia de fecha 08 de octubre de 2002, en nombre y representación de la recurrente BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., procedí a desistir del recurso de nulidad intentado contra ‘la resolución Nº 124-00 de fecha 24 de marzo de 2000’, incurriendo en un error material en cuanto a la identificación del acto administrativo impugnado, es por ello que ratificando lo allí expuesto, desisto del presente recurso contencioso administrativo intentado contra la Resolución Nº 121-00 de fecha 23 de marzo de 2000, dictada por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras...”. Por su parte en el mismo acto, la apoderada judicial de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras indicó: “Acepto el desistimiento formulado por la apoderada de BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., en los términos expuestos”. En tal sentido, se observa que el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil establece: “Artículo 263: En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.
Dispositiva
Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADO el desistimiento del recurso de nulidad intentado por los apoderados judiciales de Banesco Banco Universal C.A., contra la Resolución Nº121-00 de fecha 23 de marzo de 2000, emanada de la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Tribunal de origen a los fines de su archivo. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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