La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 01389, se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil Administradora Taurus, S.R.L. contra la decisión de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo que declaró desistido el recurso. La Sala confirmó la decisión de la Corte, argumentando que la parte recurrente no cumplió con la carga procesal de retirar y publicar el cartel de emplazamiento dentro del lapso establecido, lo que llevó a la declaratoria de desistimiento tácito del recurso interpuesto.
Extracto de la motiva
Conforme al criterio establecido en el citado fallo, el lapso para retirar y publicar el referido cartel de emplazamiento de los terceros es de treinta (30) días continuos contados a partir de la fecha de su expedición, atendiendo a la figura de la perención breve prevista en el artículo 267, ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente a los procedimientos contencioso-administrativos por remisión expresa del artículo 19, primer aparte de la entonces vigente Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela de 2004, por lo que la parte disponía de tres (3) días de despacho siguientes a la publicación de dicho cartel para su respectiva consignación en el expediente. Igualmente, dicho criterio estableció la consecuencia jurídica que ha de recaer sobre la parte que incurra en incumplimiento de la carga procesal de retirar, publicar y consignar el cartel librado durante los lapsos señalados supra, esto es, el desistimiento del recurso interpuesto.
Dispositiva
1.- IMPROCEDENTE la apelación formulada contra el auto dictado en fecha 21 de enero de 2008, por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo por causa sobrevenida. 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 25 de enero de 2008, por la representación judicial de la sociedad mercantil ADMINISTRADORA TAURUS, S.R.L. En consecuencia, se CONFIRMA la Sentencia N° 2007-2220 de fecha 12 de diciembre de 2007 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo.
Palabras clave
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