La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió declarar sin lugar la apelación interpuesta por la empresa SEA SERVICES, C.A. contra la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que había declarado inadmisible el recurso de nulidad. La Sala fundamentó su decisión en la falta de agotamiento de la vía administrativa, ya que la empresa no había interpuesto los recursos pertinentes contra el acto administrativo que resolvía el contrato de concesión. Se confirmó así la inadmisibilidad del recurso, reiterando que la empresa no cumplió con los requisitos legales para acceder a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Extracto de la motiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Samuel Guidón Malavé, en representación de la sociedad mercantil SEA SERVICES, C.A., ya identificada, contra la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 20 de marzo de 2002, que declaró inadmisible el recurso de nulidad y de plena jurisdicción interpuestos contra el acto administrativo contenido en el Oficio N° IAAIM-DG-2001-256, de fecha 22 de agosto de 2001, emanado del Director General y Presidente del Consejo de Administración del INSTITUTO AUTÓNOMO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETÍA, cuyo contenido se especifica en el presente fallo. En consecuencia, se CONFIRMA la decisión apelada.
Dispositiva
En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la empresa SEA SERVICES C.A., contra la sentencia N° 2002-1196 de fecha 22 de mayo de 2002, dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. En consecuencia, se CONFIRMA el fallo apelado, en los términos expuestos en esta decisión.