La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Aura Suárez de Contreras, quien había sido destituida de su cargo como Jueza. La Sala constató que la recurrente no había cumplido con el procedimiento de notificación y publicación del cartel de emplazamiento dentro del plazo establecido por la ley, lo que llevó a declarar el desistimiento del recurso.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 125 de la entonces vigente Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, aplicable ratione temporis, lo siguiente: 'En el auto de admisión el Tribunal ordenará notificar al Fiscal General de la República y también al Procurador General de la República, caso de que la intervención de éste en el procedimiento fuere requerida teniendo en cuenta la naturaleza del acto. Cuando lo juzgue procedente, el Tribunal podrá disponer también que se emplace a los interesados mediante un cartel que será publicado en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad de Caracas, para que concurran a darse por citados dentro de las diez audiencias siguientes a la fecha de publicación de aquél. Un ejemplar del periódico donde fuere publicado el cartel será consignado dentro de los quince días consecutivos siguientes a la fecha en la que aquél hubiere sido expedido y de no hacerlo dentro de dicho término, la Corte declarará desistido el recurso y ordenará archivar el expediente, a menos que alguno de los interesados se diere por citado y consignare el ejemplar de periódico donde hubiere sido publicado el cartel.' (Negrillas de la Sala). El artículo antes transcrito establece un lapso de quince (15) días consecutivos siguientes a la fecha de expedición del cartel de emplazamiento, a los fines de que la parte recurrente lo retire, publique y, posteriormente, consigne en el expediente un ejemplar de su publicación, so pena de declararse el desistimiento del recurso y el consiguiente archivo del expediente; sanción que no procede en caso de que alguno de los interesados se diese por citado y consignare un ejemplar del periódico donde hubiese sido publicado el cartel respectivo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa Accidental, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada AURA SUÁREZ de CONTRERAS, ya identificada, contra el acto administrativo de efectos particulares de fecha 12 de junio de 2000, dictado por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, mediante el cual destituyó a la recurrente del cargo de Jueza Sexta de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
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