La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia N° 00138, declara procedente la solicitud de ampliación de la sentencia N° 01131 del 11 de noviembre de 2010, en la que se inadmitió una demanda por cobro de bolívares e indemnización de daños interpuesta por la sociedad mercantil GERGA, C.A. contra el Estado Carabobo. La ampliación se fundamenta en la necesidad de incluir la condena en costas a la parte demandante, dado que se determinó su vencimiento en el proceso.
Extracto de la motiva
La posibilidad jurídica de hacer correcciones a las decisiones judiciales, por medios específicos, está prevista en el transcrito artículo 252 del Código de Procedimiento Civil. Tales mecanismos de corrección son los siguientes: las aclaratorias, las salvaturas, las rectificaciones y las ampliaciones. Cada uno de ellos tiene por objeto finalidades distintas, dependiendo del tipo de deficiencia formal u omisión que se impute al fallo. Así pues, la “ampliación” tiene una función extensiva y de desarrollo de puntos incompletos en el fallo sujeto a corrección, sin que ello implique decidir un punto no controvertido en el juicio, revocar, transformar o modificar sustancialmente el dispositivo del fallo.
Dispositiva
1.- PROCEDENTE la solicitud de ampliación de la sentencia N° 01131 del 11 de noviembre de 2010, dictada por esta Sala en el marco de la demanda por cobro de bolívares e indemnización de daños y perjuicios interpuesta por la sociedad mercantil GERGA, C.A., antes identificada, contra el ESTADO CARABOBO. 2.- Se AMPLÍA la referida decisión y, en consecuencia, se CONDENA en costas a la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
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