Sentencia N° 138 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de enero de 2002

TSJ/SPA, Sent. N° 00138, Exp. 15532, 30/01/2002
Expediente15532
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2002-01-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La abogada Rocío del Valle Valbuena, actuando como Síndico Procurador del Municipio Jiménez del Estado Lara, solicitó dirimir una controversia con la Gobernación del Estado Lara. La Sala Político-Administrativa del TSJ, tras examinar las actas procesales, constató que la causa estuvo paralizada por más de un año, lo que llevó a declarar la perención de la instancia. La decisión se fundamenta en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, que establece la extinción de la instancia en casos de paralización prolongada.

Extracto de la motiva

De conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, la instancia se extingue de pleno derecho en las causas que hayan estado paralizadas por más de un año a partir del último acto de procedimiento, por lo que, en tal caso, la Corte sin más trámites debe declarar la perención, de oficio o a instancia de parte. Al respecto, examinadas las actas procesales que componen el presente expediente, se constata que la causa estuvo paralizada desde el 11 de octubre de 2000, fecha en la cual la abogada Rocío del Valle Valbuena consignó escrito solicitando se comisionara al Juez del Municipio Jiménez o en su defecto a un Tribunal civil de los que funcionan en la capital del Estado Lara, a los fines de practicar la citación del Gobernador del Estado Lara, hasta el 31 de octubre de 2001, cuando compareció nuevamente y ratificó su solicitud, sin que en ese lapso se hubiese realizado acto alguno de procedimiento por las partes ni por este Supremo Tribunal. Por tanto, resulta evidente que habiendo transcurrido con creces el lapso previsto en el indicado artículo 86 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, se ha consumado la perención. Así se declara.

Dispositiva

Esta Sala Político-Administrativa del Supremo Tribunal de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa.

Palabras clave

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